2/26/2014

RESOLUCION JEFATURAL N° 054 -2014/SIS Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a

Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de febrero de 2014 RESOLUCION JEFATURAL N° 054 -2014/SIS Lima, 24 de Febrero de 2014 VISTOS: El Informe N° 001-2014-SIS-GNF-PCT-LLA con Proveído N° 032-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, el Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 032-2014-SIS/OGAJ/
Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de febrero de 2014
RESOLUCION JEFATURAL N° 054 -2014/SIS
Lima, 24 de Febrero de 2014
VISTOS: El Informe N° 001-2014-SIS-GNF-PCT-LLA
con Proveído N° 032-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, el Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 032-2014-SIS/OGAJ/ JIPL con Proveído N° 089-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú;

Que, en el numeral 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de las transferencias financieras en el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, por Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea al Seguro Integral de Salud como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afiliados;

Que, a través del artículo 2° del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;

Que, por Resolución Ministerial N° 910-2011/MINSA, se modifica el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones";

Que, de acuerdo al párrafo precedente y al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa N° 001-2013/SIS/ GNF, que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los Afiliados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N° 202-2013/SIS, se dispone que "La OGAR, efectúa el proceso de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las Prestaciones Económicas de Sepelios, con la emisión de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria";

Que, con Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestal N°s 0144 y N° 0156 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio correspondientes a las fuentes de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;

Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas de sepelio, correspondientes al mes de febrero del 2014;

Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON
70/100 NUEVOS SOLES, (S/. 7’345,697.70) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de febrero 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 7’325,997.70
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 19,700.00
TOTAL S/. 7’345,697.70
Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; así como coordinar con la Oficina General de Tecnología de la Información la publicación en el Portal del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese;

PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud

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