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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2014-MINAM Disponen la publicación de la "Estrategia Nacional de
2/26/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2014-MINAM Disponen la publicación de la "Estrategia Nacional de
Disponen la publicación de la "Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 - Plan de Acción 2014 - 2018", así como Proyecto de Decreto Supremo, en el portal web institucional del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2014-MINAM Lima, 24 de febrero de 2014 Vistos, el Memorándum N° 065-2014-VMDERN/ MINAM de 05 de febrero de 2014, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 028-2014-DGDB/DVMDERN/MINAM de 03 de febrero de 2014, de la Dirección General de Diversidad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2014-MINAM
Lima, 24 de febrero de 2014
Vistos, el Memorándum N° 065-2014-VMDERN/ MINAM de 05 de febrero de 2014, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 028-2014-DGDB/DVMDERN/MINAM de 03 de febrero de 2014, de la Dirección General de Diversidad Biológica; y, demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;
Que, mediante Resolución Legislativa N° 26181, se aprueba el Convenio sobre Diversidad Biológica, adoptada en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual establece que cada Parte Contratante, con arreglo a sus condiciones y capacidades particulares, elaborará estrategias, planes o programas nacionales para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica o adaptará para ese fin las estrategias, planes o programas existentes, que habrán de refiejar, entre otras cosas, las medidas establecidas en dicho Convenio, que sean pertinentes para la Parte Contratante interesada;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, señala que la estrategia, programas y planes de acción para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica se formularán a través de procesos participativos y sus resultados se incorporarán en los planes y políticas nacionales, siendo de cumplimiento prioritario;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 102-2001-PCM, se aprueba la Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica del Perú, como documento formal y guía para la planificación y gestión de la diversidad biológica del país;
Que, de acuerdo al literal m) del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio tiene, como función específica, formular y proponer la política y las estrategias nacionales de gestión de los recursos naturales y de la diversidad biológica;
Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, consigna entre los Lineamientos de Política del Eje 1 "Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica", referidos a la diversidad biológica, el de impulsar el diseño e implementación de estrategias para la gestión sostenible de la diversidad biológica, incluyendo el desarrollo de alianzas público-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad.
Que, en la Decisión X/2 de la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica, y se instó a las partes y otros gobiernos a que revisen, actualicen y modifiquen, según proceda, sus estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica, con arreglo al citado Plan Estratégico;
Que, en ese contexto, de acuerdo a los documentos del visto, el Ministerio del Ambiente, en coordinación con la Comisión Nacional de Diversidad Biológica, ha elaborado la "Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 – Plan de Acción 2014-2018", propuesta que previa a su formal aprobación, requiere ser puesta en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Dirección General de Diversidad Biológica, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la publicación de la "Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 – Plan de Acción - 2018", así como el respectivo Proyecto de Decreto Supremo de aprobación, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte (20)
días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2°.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo, señalado en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, San Isidro – Lima, o a la dirección electrónica epanb@minam.
gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
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