2/18/2014

RESOLUCIÓN N° 0104-2014-JNE Restablecen credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad

Restablecen credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de Cusco RESOLUCIÓN N° 0104-2014-JNE Expediente N° J-2013-00943 CALCA - CUSCO Lima, seis de febrero de dos mil catorce VISTO el Expediente N° J-2013-1711 en el que obra el Oficio N° 166-2014-P-CSJCU-PJ, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco. CONSIDERANDOS 1. Mediante la Resolución N° 1026-2013-JNE, del 13 de noviembre de 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin
Restablecen credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN N° 0104-2014-JNE
Expediente N° J-2013-00943
CALCA - CUSCO
Lima, seis de febrero de dos mil catorce VISTO el Expediente N° J-2013-1711 en el que obra el Oficio N° 166-2014-P-CSJCU-PJ, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco.

CONSIDERANDOS
1. Mediante la Resolución N° 1026-2013-JNE, del 13
de noviembre de 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial de Ciriaco Condori Cruz, alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de Cusco, por estar incurso en la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) (fojas 343 a 345 del Expediente N°
J-2013-00943).

Cabe destacar que la mencionada resolución tuvo como base la sentencia emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de Calca de la Corte Superior de Justicia de Cusco, de fecha 15 de julio de 2013, por medio de la cual se condenó a Ciriaco Condori Cruz por los delitos de peculado doloso y falsedad genérica en agravio de la Municipalidad Provincial de Calca, y se dispuso la inmediata ejecución de la pena privativa de libertad efectiva impuesta a dicho ciudadano y su posterior internamiento en el Establecimiento Penal de Quenccoro, de Cusco.

Asimismo, se informó que existían órdenes vigentes para la conducción compulsiva, de grado o fuerza, de Ciriaco Condori Cruz, ante el Juzgado Penal Unipersonal de Calca.

2. Sin embargo, mediante el Oficio N° 166-2014-P-CSJCU-PJ, recibido el 15 de enero de (obrante a fojas 25 a 47 del Expediente N° J-2013-1711), el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco remitió la Resolución N° 55, de fecha 9 de diciembre de 2013, por medio de la cual la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco, si bien confirmó la sentencia antes aludida en el extremo que encuentra responsable a Ciriaco Condori Cruz por el delito de peculado doloso en agravio de la Municipalidad Provincial de Calca, revocó la sentencia de primera instancia en el extremo de la pena impuesta, y reformándola, se impuso a Ciriaco Condori Cruz tres años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución, bajo diversas reglas de conducta.

En atención a lo expuesto, no se cumple el supuesto de hecho establecido en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, referente a la causal de suspensión derivada del mandato de detención, pues debe entenderse que dicha orden debe encontrarse vigente. Por este motivo, al no existir un mandato de detención vigente, debido a que la pena impuesta a Ciriaco Condori Cruz ha sido suspendida en su ejecución, deben restablecerse las credenciales otorgadas a dicho ciudadano en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca.

3. Por ello, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Percy Alfaro Valencia, quien había asumido provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, así como la credencial de Víctor Armando Olivares Baca, quien asimismo había asumido provisionalmente el cargo de regidor de la misma entidad edil, convocados ambos a través de la Resolución N° 1026-2013-JNE, correspondiendo, por tanto, restablecer la vigencia de la credencial del alcalde otorgada a Ciriaco Condori Cruz.

4. Finalmente, deberán remitirse las piezas procesales pertinentes del proceso penal citado incoado contra Ciriaco Concori Cruz al Concejo Provincial de Calca, en razón de que dicha autoridad ha sido condenada por una sentencia judicial emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, a fin de que el concejo municipal evalúe los hechos, conforme a lo establecido en el artículo 25, numeral 5 de la LOM.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Percy Alfaro Valencia, con la cual asumió provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, conforme fuera dispuesto por la Resolución N° 1026-2013-JNE.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Armando Olivares Baca, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Calca, conforme fuera dispuesto por la Resolución N° 1026-2013-JNE.

Artículo Tercero.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Ciriaco Condori Cruz como alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de Cusco Artículo Cuarto.- REMITIR copias autenticadas de las piezas procesales pertinentes del proceso penal incoado contra Ciriaco Condori Cruz al Concejo Provincial de Calca, a efectos de que evalúe los hechos, conforme a lo establecido en el considerando cuarto de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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