4/23/2014

RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 30-2014/CNB-INDECOPI Aprueban

Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas sobre conexiones de poli (cloruro de vinilo) no plastificado, fertilizantes, cafés especiales y granos andinos. RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 30-2014/CNB-INDECOPI Lima, 3 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación,
Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas sobre conexiones de poli (cloruro de vinilo) no plastificado, fertilizantes, cafés especiales y granos andinos.
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 30-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 3 de abril de 2014
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización.

Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;

Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Tubos, válvulas y accesorios de material plástico para el transporte de fiuidos, b) Fertilizantes y sus productos afines c) Café y d) Productos agroindustriales de exportación, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado;

Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusión Pública en las fechas indicadas:
a) Tubos, válvulas y accesorios de material plástico para el transporte de fiuidos, 01 PNTP , el 11 de noviembre de 2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 días contados a partir del 31 de enero de 2014;
b) Fertilizantes y sus productos afines, 01 PNTP, el 02
de diciembre de 2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 días contados a partir del 31 de enero de 2014;
c) Café, 01 PNTP, el 19 de noviembre de 2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60
días contados a partir del 31 de enero de 2014;
d) Productos agroindustriales de exportación, 01
PNTP, el 19 de noviembre de 2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 días contados a partir del 31 de enero de 2014;

Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas;

Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros.

RESUELVE
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes:

NTP 399.172:CONEXIONES DE POLI (CLORURO
DE VINILO) NO PLASTIFICADO (PVC-U) PARA USO DE REDES INTERNAS
DE DESAGÜE (PRESION 2,5 BAR).

Fabricados por inyección .1ª Edición NTP 311.550:FERTILIZANTES. Determinación de la densidad a granel (sin compactar). 1ª Edición NTP 209.311:CAFÉS ESPECIALES. Requisitos. 2ª Edición Reemplaza a la 209.311:2003
NTP 011.452:GRANOS ANDINOS. Cañihua.

Requisitos. 1ª Edición Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Técnica Peruana:

NTP 209.311:2003 CAFÉS ESPECIALES. Requisitos. 1ª Edición Con la intervención de los señores Eldda Bravo Abanto, Augusto Ruiloba Rossel, Ítalo Laca Ramos y Jaime Miranda Sousa Díaz.

Regístrese y publíquese.

AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias

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