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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2014-VIVIENDA Delegan la facultad de suscribir los Acuerdos Separados
5/24/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2014-VIVIENDA Delegan la facultad de suscribir los Acuerdos Separados
Delegan la facultad de suscribir los Acuerdos Separados derivados del Contrato de Aporte Financiero y de Contrato de Préstamo celebrados entre el KfW , Frankfurt am Main y la República del Perú, para el financiamiento de diversos proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2014-VIVIENDA Lima, 23 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2014-VIVIENDA
Lima, 23 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, en el marco del Contrato de Aporte Financiero de fecha 29 de diciembre de 2010 suscrito entre el KfW, Frankfurt am Main y la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas, por el valor de EUR 700 000,00 y teniendo en cuenta que los fondos de dicho aporte se utilizarán para la adquisición e implementación de hardware y software, así como para la contratación de servicios de consultoría de apoyo a la Unidad Coordinadora del Programa y a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS participantes del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, por lo cual se celebrarán Acuerdos Separados derivados del mencionado Contrato, los que serán suscritos entre el KfW, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento;
Que, en virtud del Contrato de Préstamo de fecha 20
de diciembre de 2012 suscrito entre el KfW, Frankfurt am Main y la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas, por el valor de EUR 7 449 766,19 y teniendo en cuenta que con los fondos de dicho aporte se financiarán las medidas correspondientes a los suministros y obras para el mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado de las Unidades Ejecutoras participantes del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, así como la contratación de servicios de consultoría de diseño y supervisión, a mérito de lo cual se celebrarán Acuerdos Separados derivados del mencionado Contrato, los que serán suscritos entre la KfW, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, las Unidades Ejecutoras de los Proyectos Individuales a ejecutarse dentro del ámbito de intervención del referido Programa y en su caso por el Banco de la Nación;
Que, el numeral 4 del artículo 12 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante la LOF del MVCS establece que, el Ministro puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, en razón de lo cual es necesario delegar la suscripción de los Acuerdos Separados que se deriven de los Contratos antes citados en el(la) Viceministra de Construcción y Saneamiento de este Ministerio; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegación de facultades en el(la)
Viceministro(a) de Construcción y Saneamiento Delegar en el(la) Viceministro(a) de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la facultad de suscribir los Acuerdos Separados derivados del Contrato de Aporte Financiero de fecha 29 de diciembre de 2010, así como los derivados del Contrato de Préstamo de fecha 20 de diciembre de 2012, celebrados entre el KfW, Frankfurt am Main y la República del Perú, para el financiamiento de los proyectos individuales a ejecutarse dentro del ámbito de intervención del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, así como a suscribir toda documentación que permita su ejecución.
Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución; así como, la asignación de responsabilidades que se deriven de la misma, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso; a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión de los sistemas administrativos que les correspondan; debiendo informarse en forma semestral respecto a los resultados de la gestión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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