5/18/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 075-2014-RE

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 075-2014-RE Lima, 17 de mayo de 2014 VISTO: El Oficio N° 150-2014-PRODUCE/OGPP-OCTE de fecha 2 de abril de 2014, del Ministerio de la Producción (PRODUCE) por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al año 2014, a la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y a la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA); CONSIDERANDO: Que, el artículo

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 075-2014-RE
Lima, 17 de mayo de 2014
VISTO:

El Oficio N° 150-2014-PRODUCE/OGPP-OCTE de fecha 2 de abril de 2014, del Ministerio de la Producción (PRODUCE)
por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al año 2014, a la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y a la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA);

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro;

Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los fiujos de cooperación y asistencia técnica internacional;

Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de las cuotas correspondientes al año 2014, a la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y a la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA), con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción;

De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto según Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de S/. 137,224.00 (Ciento Treinta y Siete Mil Doscientos Veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles) a la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), correspondiente a la cuota del año 2014; y de S/. 129,863.00 (Ciento Veintinueve Mil Ochocientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles) a la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA), correspondiente a la cuota del año 2014.

Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción.

Artículo 3°.- La equivalencia en moneda extranjera será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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