6/28/2014
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1034-2014/GRP-CR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1034-2014/GRP-CR Piura, 25 de junio de 2014 El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526478 CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, el artículo 12° de la Ley N° 30114 – Ley del Presupuesto del Sector
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1034-2014/GRP-CR
Piura, 25 de junio de 2014
El Peruano Sábado 28 de junio de 2014
526478
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional";
Que, el artículo 12° de la Ley N° 30114 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el fiscal 2014, establece en el numeral 12.1, que se encuentran autorizadas en el presente Año Fiscal 2014 la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras:
inciso e) "Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2014"; asimismo, el numeral 12.2
de la precitada Ley establece que dichas transferencias se realizan, en el caso de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y que el Acuerdo del Consejo Regional se publica en el diario oficial El Peruano, así como en la página web institucional;
Que, mediante Oficio N° 188-2014-EPS GRAU S.A.-G, del 12 de febrero del 2014 (HRyC N° 06216), la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU EPS
Grau S.A. remite el Convenio de Transferencia de Partida para cofinanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la EPS GRAU S.A para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable en los Caseríos Ejidos Norte y La Mariposa, Distrito, Provincia y Departamento de Piura" – "Línea de empalme reservorio R1 a Loma Linda", solicitando la transferencia de recursos financieros ascendentes a S/.
269,598.16 nuevos soles;
Que, mediante Oficio N° 716-2014-EPS GRAU
S.A.-GG, del 14 de abril del 2014 (HRyC N° 15536), la Gerencia General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento EPS Grau S.A., alcanza la Resolución de Gerencia General N°62-2014-EPS GRAU S.A-GG del 07 de abril de 2014 que aprueba el Expediente Técnico de la Obra "Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable en los Caseríos Ejidos Norte y La Mariposa, Distrito, Provincia y Departamento de Piura" meta:
"Ampliación de la Red Matriz de Agua Potable, desde el R1 HASTA LA Urbanización Loma Linda", código SNIP
233160;
Que, mediante Oficio N° 370-2014/GRP-410000, del 13 de mayo del 2014, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial precisa que para el presente ejercicio fiscal se cuenta con Disponibilidad de hasta S/. 269,599.00 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y nueve con 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución del Proyecto antes mencionado; con Informe N° 1587-2014/GRP-460000, del 18 de junio del 2014, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable;
Que, con Memorando N° 1729-2014/GRP-410000, del 23 de junio de 2014, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite informe previo favorable en concordancia con el numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 30114, indicando que para el presente ejercicio fiscal se cuenta con disponibilidad de hasta S/. 269,599.00 nuevos soles por la fuente de financiamiento de Recurso Determinados;
y con Informe N° 033-2014/GRP-200010-ACCR del 24 de junio de 2014, Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional recomienda se autorice a Presidencia Regional la suscripción del Convenio antes mencionado;
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 10 - 2014, celebrada el día 25 de junio del 2014, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Autorizar a la Presidencia del Gobierno Regional Piura, la suscripción del Convenio de Transferencia de partida para cofinanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la EPS GRAU S.A. para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: "Mejoramiento y ampliación del servicio de agua potable en los caseríos Ejidos Norte y la Mariposa, Distrito, Provincia y Departamento de Piura" – Línea de empalme reservorio R1 a Loma Linda, código SNIP N° 233160.
Artículo Segundo.- Autorizar de manera excepcional, en el segundo trimestre del ejercicio fiscal 2014, la transferencia financiera hasta por la suma de S/.
269,599.00 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y nueve con 00/100 Nuevos Soles) del Pliego Gobierno Regional Piura a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A - EPS GRAU
S.A. para el cofinanciamiento del proyecto de inversión pública señalado en el artículo primero.
Articulo Tercero.- Disponer que la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A - EPS GRAU
S.A., en concordancia con lo dispuesto en el numeral 12.3
del artículo 12° de la Ley N° 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 2014, bajo responsabilidad cumpla con prohibir a las unidades de administración, presupuesto y obras, o la que hagan sus veces de dicha entidad, reorientar los recursos públicos que transfiera el Gobierno Regional Piura para cofinanciar la ejecución del proyecto mencionado en el artículo primero, a otras actividades o proyectos, ni efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a los recursos transferidos.
Asimismo, presente de manera oportuna los informes mensuales de avance de obra, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A
- EPS GRAU S.A., acredite en el presente ejercicio presupuestal 2014, la incorporación presupuestal y financiera de los recursos transferidos por el Gobierno Regional Piura, por el importe de S/. 269,599.00 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y nueve con 00/100 Nuevos Soles), conforme lo regula la normativa vigente del Sistema de Contabilidad y Tesorería respectivamente.
Artículo Quinto.- Encargar a Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Regional de Infraestructura, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas es sus dimensiones físicas y financieras para los cuales les fueron entregados los recursos, del monto transferido por el Gobierno Regional Piura a favor de la EPS GRAU S.A.
Artículo Sexto.- Encargar al Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupción, la designación de veedores, conforme al procedimiento que regula la normativa regional vigente, para su participación en la etapa de ejecución de los componentes según presupuesto analítico de obra materia de cofinanciamiento.
Artículo Sétimo.- La transferencia financiera aprobada en el numeral anterior, no enerva la obligación de la EPS GRAU S.A. de cumplir con suministrar la información relativa al avance físico y financiero de la ejecución del Proyecto "Ampliación y Mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado del Asentamiento Humano El Indio Castilla - Piura, con código SNIP N° 81876; proyecto cofinanciado hasta por el monto de S/.
1´791,257.00 nuevos soles, recursos transferidos en el marco del Acuerdo de Consejo regional N° 916-2013/
GRP-CR.
Artículo Octavo.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Noveno.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
VANESSA PERICHE BOULANGGER
Consejera Delegada Consejo Regional
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