1/10/2015

Res.Jef. N° 02-2015/JNAC/RENIEC Establecen ampliación de campaña gratuita a todo tipo

Establecen ampliación de campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de 65 años de edad, a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 02-2015/JNAC/RENIEC Lima, 9 de enero de 2015 VISTOS: El Memorando Multiple N° 000173-2014/ GOR/RENIEC (22DIC2014) y el Memorando N° 002749-2014/GOR/RENIEC (29DIC2014) de la Gerencia de Operaciones Registrales, los Memorandos N° 004263-2014/GPP/RENIEC (26DIC2014) y N° 004337-2014/GPP/ RENIEC
Establecen ampliación de campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de 65 años de edad, a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 02-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 9 de enero de 2015
VISTOS: El Memorando Multiple N° 000173-2014/ GOR/RENIEC (22DIC2014) y el Memorando N° 002749-2014/GOR/RENIEC (29DIC2014) de la Gerencia de Operaciones Registrales, los Memorandos N° 004263-2014/GPP/RENIEC (26DIC2014) y N° 004337-2014/GPP/ RENIEC (30DIC2014) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 003512-2014/GPP/SGP/ RENIEC (26DIC2014) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, los Informes N° 000175-2014/GPP/SGPL/RENIEC (24DIC2014) y N° 000180-2014/GPP/SGPL/RENIEC (30DIC2014) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 000006-2015/GAJ/SGAJR/ RENIEC (07ENE2015) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000010-2015/GAJ/RENIEC (07ENE2015) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;

Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;

Que teniendo en cuenta lo manifestado precedentemente, mediante Resolución Jefatural N° 397-2013/JNAC/RENIEC (27DIC2013) publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2013, se dispuso ampliar la campaña gratuita a todo tipo de trámite para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco años (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31
de diciembre de 2014;

Que en ese contexto la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, solicita la continuidad del beneficio otorgado por la Resolución Jefatural antes mencionada;

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través del documento de vistos, señala que la Gerencia de Operaciones Registrales tiene programada la atención de 133,000 personas adultas mayores de 65 años de edad y el presupuesto asignado a la institución para el año 2015, permite financiar la meta de gratuidad solicitada por la Gerencia de Operaciones Registrales, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados;

Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Operaciones Registrales con eficacia anticipada al primer día útil de enero de hasta el 31
de diciembre de 2015;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013-JNAC/RENIEC (10ABR2013), lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444
– Ley del Procedimiento Administrativo General.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Establecer con eficacia anticipada, la ampliación de la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31
de diciembre de 2015.

Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán con cargo a los recursos presupuestarios con que cuenta la institución durante el año 2015, y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes.

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Tecnología de la Información, Administración y Planificación y Presupuesto.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.