6/17/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2014-PRODUCE Oficializan evento "El Pescador Artesanal del Año 2014"

Oficializan evento "El Pescador Artesanal del Año 2014" y aprueban su reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2014-PRODUCE Lima, 16 de junio de 2014 VISTOS: El Informe N° 279-2014-PRODUCE/ DGCHD-Dipa de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; el Informe N° 251-2014-PRODUCE/OGPP-Op, de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 107-2014-PRODUCE/OGPP-Opra, de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N°
Oficializan evento "El Pescador Artesanal del Año 2014" y aprueban su reglamento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2014-PRODUCE
Lima, 16 de junio de 2014
VISTOS: El Informe N° 279-2014-PRODUCE/ DGCHD-Dipa de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo;
el Informe N° 251-2014-PRODUCE/OGPP-Op, de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 107-2014-PRODUCE/OGPP-Opra, de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 039-2014-PRODUCE/OGAJ-cmorenov, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que el Estado promueve el desarrollo de la actividad pesquera artesanal en aguas marinas y continentales, en las fases de extracción, procesamiento y comercialización pesquera y en la acuicultura;

Que, el artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria y comercio interno; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesquería industrial, acuicultura de mayor escala, normalización industrial; es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, acuicultura de menor escala y de subsistencia, promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción;

Que, el artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado con Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, señala que la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, es el órgano encargado de proponer normas y lineamientos de alcance nacional que garanticen el cumplimiento de sus funciones, orientada a la protección, conservación, control y aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y productos pesqueros para el consumo humano directo, así como de promover y difundir las normas en el marco de su competencia;

Que, mediante el Informe N° 279-2014-PRODUCE/ DGCHD-Dipa, la Dirección de Pesca Artesanal de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, propone oficializar el evento denominado "El Pescador Artesanal del Año 2014", con el propósito de reconocer a los agentes de la actividad pesquera artesanal, que cumplen con realizar sus labores de acuerdo a la normativa vigente; con aplicación de las buenas prácticas pesqueras orientadas a la protección, conservación, aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos; que tiene una capacitación permanente y cuya conducta ante la sociedad y sus autoridades esta basada en valores morales;

Que, el referido evento se enmarca dentro de las normas del Sector, contribuye a la implementación de los Lineamientos del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 107-2012-PRODUCE y del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional y se encuentra contemplado en el Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2014, aprobado por Resolución Ministerial
N° 352-2013-PRODUCE;

Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto que oficialice la realización del evento denominado "El Pescador Artesanal del Año 2014", así como aprobar el Reglamento respectivo;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento, aprobado por la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "El Pescador Artesanal del Año 2014", estableciéndose el 29 de junio de como día central de dicha actividad.

Artículo 2.- Aprobar el Reglamento del evento denominado "El Pescador Artesanal del Año 2014", que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Reglamento del evento denominado "El Pescador Artesanal del Año 2014", el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.
produce.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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