6/17/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 372-2014-MTC/03

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 372-2014-MTC/03 Lima, 13 de junio del 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados por el Decreto Supremo No. 003-2007-MTC al Decreto Supremo No. 020-98-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendarios, entre otros, los dispositivos legales referidos

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 372-2014-MTC/03
Lima, 13 de junio del 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados por el Decreto Supremo No. 003-2007-MTC al Decreto Supremo No. 020-98-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendarios, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, lo estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes;

Que, el numeral 5.1 de la Directiva No. 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial No. 543-2011/MTC/01, establece que todo proyecto de norma de carácter general debe ser publicado en el Diario Oficial "El Peruano" en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; asimismo, el numeral 5.2 de la directiva mencionada, establece que la finalidad de la publicación de los proyectos normativos es permitir a las personas interesadas y ciudadanos en general presentar aportes y/o comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones recomienda la publicación del proyecto de "Resolución Viceministerial que establece las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija de acuerdo al Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 y modificado por Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03";

Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del referido proyecto de norma en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en Los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, aprobados por Decreto Supremo No. 003-2007-MTC y la Resolución Ministerial No. 543-2011-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que establece las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija, de acuerdo al Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 y modificado por Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03; en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto normativo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
{G}PROYECTO
{E}TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PROYECTO DE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
QUE ESTABLECE LAS FECHAS Y HORAS
CORRESPONDIENTES A LA PUESTA EN SERVICIO
DE LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, DE ACUERDO
AL PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE
LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, APROBADO POR
{N}RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2013-MTC/03 Y MODIFICADO
POR RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 130-2014-MTC/03
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de Resolución Viceministerial que establece las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija, de acuerdo al Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 y modificado por Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03; a fin que remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, con atención al señor Abel Mellado Ochoa y/o Wilmer Narvaez Rojas, por escrito a Jr.

Zorritos N0’ 1203-Cercado de Lima, vía fax al (01)
615-7814 o vía correo electrónico a portabilidad@
mtc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendarios, de acuerdo al formato siguiente:
{E}TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Proyecto de Resolución Viceministerial que establece las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija, de acuerdo al Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03
y modificado por Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03
{G}PROYECTO
Formato para la presentación de comentarios al presente proyecto de norma Artículo del Proyecto Comentarios (*)
Único Comentarios Generales (*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinente.

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE ESTABLECE
LAS FECHAS Y HORAS CORRESPONDIENTES A
LA PUESTA EN SERVICIO DE LA PORTABILIDAD
NUMÉRICA EN EL SERVICIO PÚBLICO DE
TELEFONÍA FIJA, DE ACUERDO AL PLAN GENERAL
DE IMPLEMENTACIÓN DE LA PORTABILIDAD
NUMÉRICA EN EL SERVICIO PÚBLICO DE
TELEFONÍA FIJA, APROBADO POR RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 644-2013-MTC/03 Y
MODIFICADO POR RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 130-2014-MTC/03
Lima, VISTOS: El proyecto de Resolución Viceministerial que establece las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija de acuerdo al Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 y modificado por Resolución Ministerial N° 130-2014-MTC/03 y el respectivo informe sustentatorio.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, instituye el derecho del usuario de telefonía fija de conservar su número telefónico aun cuando cambie de empresa operadora del servicio; señalando que la portabilidad numérica dispuesta por la Ley entra en vigencia de manera gradual a nivel nacional, a más tardar el 28 de julio del año 2014;

Que, asimismo, la citada Ley N° 29956 dispone que en tanto entre en vigencia el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, determinan las condiciones técnicas, económicas y administrativas que requiere la implementación de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija;

Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, disponiendo en su Primera Disposición Complementaria Final que el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, sería aprobado mediante Resolución Viceministerial;
así también, en el numeral 2.4 del artículo 2° del citado Decreto Supremo, se establece que el Administrador de las Bases de Datos Centralizadas – Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios públicos móviles, deberá sujetarse al referido Plan General a efectos de implementar la base de datos de portabilidad del servicio público de telefonía fija;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, modificada por Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, definiendo las actividades a ser realizadas por los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, la Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas-Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios públicos móviles, así como por las entidades del Estado involucradas en la implementación de la portabilidad numérica fija;

Que, en virtud de lo dispuesto en Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, ACTIVIDAD 3, numeral 3.1.b, las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio serán establecidos durante el mes de Junio del mediante Resolución Viceministerial;

Que, en consecuencia, corresponde emitir la Resolución Viceministerial para establecer las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de Portabilidad Numérica en los servicios de telefonía fija; y el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que aprueba las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija.

La puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el servicio público de telefonía fija se llevará a cabo a nivel nacional, es decir en las tres (3) zonas previstas por el numeral 3.1.a del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, de acuerdo a lo siguiente:
- El 19 de Julio del desde las 00:00Hrs se implementará el Intercambio de Información en los Sistemas de Señalización para la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, incluyendo las adecuaciones técnicas en las redes, plataformas y sistemas para la correcta operación del servicio.
- El 26 de julio del desde las 09:00Hrs se pondrá a disposición del público la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE
ESTABLECE LAS FECHAS Y HORAS
CORRESPONDIENTES A LA PUESTA EN SERVICIO
DE LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, DE ACUERDO
AL PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE
LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, APROBADO POR
{N}RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2013-MTC/03 Y MODIFICADO POR
{N}RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 130-2014-MTC/03
1. ANTECEDENTES
El Congreso de la República aprobó la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, que entre sus disposiciones determina que el referido derecho debe entrar en vigencia de manera gradual a nivel nacional a más tardar el 28 de julio de 2014. Esta ley establece además que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones– OSIPTEL, determinarán las condiciones técnicas, económicas y administrativas para la implementación de la citada medida.

En este marco, mediante el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, entre las cuales se establece que el OSIPTEL
{G}PROYECTO
conformará un Comité de Portabilidad Numérica, que tendrá como finalidad elegir a la Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas– Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios móviles (en adelante, el Administrador).

Mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, modificado mediante Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03, se aprobó el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, en el cual se definieron los plazos para las pruebas a ser realizadas por los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones y la Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas –
Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y los servicios móviles (en adelante el ABDCP) y para la puesta en servicio y plan de información al público. Asimismo, se establece que las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la Portabilidad Numérica serán establecidos durante el mes de Junio de 2014, mediante Resolución Viceministerial.

En dicho contexto, corresponde emitir la Resolución Viceministerial que establezca las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica.

2. PROPUESTA NORMATIVA
La propuesta normativa establece que la puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el servicio público de telefonía fija se llevará a cabo a nivel nacional, es decir en las tres (3) zonas previstas por el numeral 3.1.a del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, de acuerdo a lo siguiente:
- El 19 de Julio del desde las 00:00Hrs se implementará el Intercambio de Información en los Sistemas de Señalización para la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, incluyendo las adecuaciones técnicas en las redes, plataformas y sistemas para la correcta operación del servicio.
- El 26 de julio del desde las 09:00Hrs se pondrá a disposición del público la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija.

3. ANÁLISIS COSTO – BENEFICIO
La presente norma no irroga gastos al Estado, dado que no establece mayores obligaciones que las previstas en el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 y modificado pro Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03.

En cuanto a los beneficios, la presente norma establece plazos viables y consensuados para la implementación de la Portabilidad Numérica, lo que permitirá hacer operativo el derecho a la portabilidad numérica fija, en el plazo dispuesto por la Ley N° 29956; reduciendo los riesgos operacionales propios de la puesta en servicio de la Portabilidad Numérica para garantizar la continuidad del servicio.

4. IMPACTO EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL
La norma propuesta se enmarca en el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para aprobar el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija y en las disposiciones previstas en el referido plan.

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