7/22/2014

RESOLUCIÓN N° 619-2014-JNE Modifican conformación de los Jurados Electorales Especiales de Canchis

Modifican conformación de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar correspondientes al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014 RESOLUCIÓN N° 619-2014-JNE Lima, quince de julio de dos mil catorce. VISTO el Oficio N° 7151-2014-P-CSJCU-PJ, suscrito por el doctor Víctor Ladrón de Guevara de la Cruz, presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, recibido el 14 de julio de 2014, con el que comunica las Resoluciones Administrativas emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dentro
Modifican conformación de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar correspondientes al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014
RESOLUCIÓN N° 619-2014-JNE
Lima, quince de julio de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N° 7151-2014-P-CSJCU-PJ, suscrito por el doctor Víctor Ladrón de Guevara de la Cruz, presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, recibido el 14
de julio de 2014, con el que comunica las Resoluciones Administrativas emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dentro de los recursos de apelación interpuestos por los magistrados Luis Alfonso Sarmiento Núñez y Andrés Quinte Villegas, respecto de su designación en el cargo de presidentes de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar, respectivamente, y así también, comunica la designación de los jueces superiores provisionales doctores Bony Eve Gamarra Flores y Félix Villegas Cajachagua, para que ejerzan los cargos mencionados.

CONSIDERANDOS
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, literal a, de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante LOJNE), modificada por las Leyes N° 29688 y N° 30194, los Jurados Electorales Especiales son órganos temporales que funcionan durante los procesos electorales y son presididos por un juez superior de la Corte Superior bajo cuya circunscripción se encuentra la sede del Jurado Electoral Especial.

2. Mediante Oficio N° 5138-2014-P-CSJCU-PJ, recibido el 2 de mayo de 2014, suscrito por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, se comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que por acuerdo de la sesión extraordinaria de Sala Plena de fecha 30 de abril de 2014, se designó, entre otros, a los magistrados Luis Alfonso Sarmiento Núñez y Yuri Jhon Pereira Alagón, como presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, titular y suplente, y a los magistrados Andrés Quinte Villegas y Miriam Helly Pinares Silva, como presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, respectivamente, para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014.

3. Por medio de la Resolución N° 433-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, se estableció la conformación de los Jurados Electorales Especiales para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocado por Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, entre ellos, el Jurado Electoral Especial de Canchis presidido por el doctor Luis Alfonso Sarmiento Núñez, y el Jurado Electoral Especial de Espinar presidido por el doctor Andrés Quinte Villegas, ambos instalados el 1 de junio de 2014.

4. Con el Oficio N° 7151-2014-P-CSJCU-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, remite al Jurado Nacional de Elecciones, los siguientes documentos:
a) Resolución de fecha 27 de junio de del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el Recurso de Apelación N° 021-2014-CUSCO, que declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el doctor Luis Alfonso Sarmiento Núñez, en consecuencia nulo el Acuerdo N° 13, del 19 de mayo de 2014, adoptado en la Sesión N° 5 de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Cusco, que declaró improcedente la solicitud de reconsideración presentada por el referido juez superior; y declara la nulidad del Acuerdo N° 11 de la Sesión N° 3 de fecha 30 de abril de 2014, solo en los extremos que vinculan su elección en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, señalando que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco debe efectuar el llamamiento y/o elección conforme a ley.
b) Resolución de fecha 27 de junio de del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el Recurso de Apelación N° 020-2014-CUSCO, que declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el doctor Andrés Quinte Villegas, en consecuencia nulo el Acuerdo N° 13, del 19 de mayo de 2014, adoptado en la Sesión N° 5 de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Cusco, que declaró improcedente la solicitud de reconsideración presentada por el referido juez superior; y declara la nulidad del Acuerdo N° 11 de fecha 30 de abril de 2014, solo en los extremos que vinculan su elección en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, señalando que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco debe efectuar el llamamiento y/o elección conforme a ley.

Asimismo, comunica que en la Sesión de Sala Plena de fecha 11 de julio de 2014, se acordó excluir, por razones de salud, a los magistrados Yuri John Pereira Alagón y Miriam Pinares Silva, de su condición de presidentes suplentes de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar, elegidos en la sesión de fecha 30 de abril de 2014, y, efectuando una nueva designación, eligieron a los jueces superiores provisionales doctora Bony Eve Gamarra Flores y doctor Rómulo Víctor Velasco Chávez, como presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, titular y suplente, así como a los jueces superiores titulares doctor Félix Villegas Cajachagua y doctor Camilo Luna Carrasco, como presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, titular y suplente.

5. De conformidad con el artículo 34 de la LOJNE, el cargo de miembro de Jurado Electoral Especial es irrenunciable salvo impedimento debidamente fundamentado, y en caso de impedimento, asume el cargo el miembro suplente designado por la corte superior.

6. En vista de lo expuesto, considerando que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante sendas resoluciones ha declarado nulos los acuerdos con los que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco designó a los presidentes titulares de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar; asimismo, dado que la misma Sala Plena, en sesión del 11 de julio de 2014, acordó excluir a los magistrados Yuri John Pereira Alagón y Miriam Pinares Silva, de su condición de presidentes suplentes de dichos Jurados Electorales Especiales, y procedió a realizar una nueva designación, recayendo esta en los jueces superiores provisionales, doctora Bony Eve Gamarra Flores, para ejercer el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, y doctor Félix Villegas Cajachagua para el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, este colegiado considera que debe darse por concluido el ejercicio en el cargo de los señores magistrados Luis Alfonso Sarmiento Núñez y Andrés Quinte Villegas, debiéndose convocar para tal función a la doctora Bony Eve Gamarra Flores, identificada con DNI N° 23807796, y al doctor Félix Villegas Cajachagua, identificado con DNI N° 23869111.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha de la presente resolución, la designación del señor doctor Luis Alfonso Sarmiento Núñez, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha de la presente resolución, la designación del señor doctor Andrés Quinte Villegas, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a la doctora Bony Eve Gamarra Flores, jueza superior designada por la Corte Superior de Justicia de Cusco, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Canchis, con sede en Sicuani, en el departamento de Cusco, previa juramentación ante la presidencia de la referida Corte Superior.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR al doctor Félix Villegas Cajachagua, juez superior designado por la Corte Superior de Justicia de Cusco, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Espinar, con sede en Espinar, en el departamento de Cusco, previa juramentación ante la presidencia de la referida Corte Superior.

Artículo Quinto.- MODIFICAR la Resolución N° 433-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, en el extremo referido a los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar, correspondientes al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, los que quedan conformados de la siguiente manera:

JURADO
ELECTORAL
ESPECIAL
SEDE CONFORMACIÓN
JURADO
ELECTORAL
ESPECIAL DE
CANCHIS
SICUANI
PRESIDENTE
DRA. BONY EVE GAMARRA FLORES
PRIMER MIEMBRO
DR. ROLANDO TTITO QUISPE
SEGUNDO MIEMBRO
ALFREDO HACHO LACUTA
JURADO
ELECTORAL
ESPECIAL DE
ESPINAR
ESPINAR
PRESIDENTE
DR. FÉLIX VILLEGAS CAJACHAGUA
PRIMER MIEMBRO
DR. EFRAÍN QUESADA VÉLEZ
SEGUNDO MIEMBRO
DALILA LOURDES AGUILAR WAGNER
Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del Jurado Electoral Especial de Canchis, del Jurado Electoral Especial de Espinar, y de los interesados, para los fines que se estime pertinentes.

Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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