7/24/2014

RESOLUCIÓN N° 761-2014-JNE Convocan a magistrado para que asuma la presidencia del Jurado Electoral

Convocan a magistrado para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, con sede en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 761-2014-JNE Lima, veintidós de julio de dos mil catorce VISTA la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 152-2014-CNM, de fecha 14 de julio de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio de 2014, que cancela el título de juez superior de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur otorgado al doctor Edgar
Convocan a magistrado para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, con sede en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN N° 761-2014-JNE
Lima, veintidós de julio de dos mil catorce VISTA la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 152-2014-CNM, de fecha 14 de julio de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio de 2014, que cancela el título de juez superior de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur otorgado al doctor Edgar Rojas Domínguez y le expide el título de juez superior del Distrito Judicial de Ica.

CONSIDERANDOS
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, literal a, de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), modificada por las Leyes N° 29688 y N° 30194, los Jurados Electorales Especiales son órganos temporales que funcionan durante los procesos electorales y son presididos por un juez superior de la Corte Superior bajo cuya circunscripción se encuentra la sede del Jurado Electoral Especial.

2. Mediante Oficio N° 226-2014-SG-CSJLIMASUR/PJ, recibido el 6 de mayo de 2014, suscrito por la secretaria general de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, se remitió a este órgano electoral la Resolución Administrativa de Presidencia N° 391-2014-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 30 de abril de 2014, que oficializó el acuerdo de Sala Plena de la misma fecha, con el que se designó al doctor Édgar Rojas Domínguez y al doctor Henry Antonino Huerta Sáenz, en calidad de titular y suplente, respectivamente, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014.

3. Por medio de la Resolución N° 433-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, se estableció la conformación de los Jurados Electorales Especiales para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocado por Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, entre ellos, el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, con sede en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, que se instaló el 1
de junio de 2014, bajo la presidencia del doctor Édgar Rojas Domínguez.

4. Con la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 152-2014-CNM, de fecha 14 de julio de 2014, del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio de 2014, se dispone la cancelación del título de juez superior de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur otorgado al doctor Édgar Rojas Domínguez, así como la expedición del título de juez superior del Distrito Judicial de Ica, a favor del mismo magistrado, en virtud de la Resolución Administrativa N° 190-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de mayo de 2014, que declarado fundada la solicitud de permuta presentada por el referido juez superior.

5. De conformidad con lo previsto en el artículo 34 de la LOJNE, el cargo de miembro de Jurado Electoral Especial es irrenunciable salvo impedimento debidamente fundamentado, dispone también que, en caso de impedimento, asume el cargo el miembro suplente designado por la corte superior.

6. En vista de lo expuesto, considerando las disposiciones contenidas en la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 152-2014-CNM, de fecha 14 de julio de 2014, publicada el 22 del mismo mes y año, y ante el traslado del magistrado Édgar Rojas Domínguez, de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que lo designó como presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, a la Corte Superior de Justicia de Ica, este colegiado considera que debe darse por concluido su ejercicio en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 3, debiéndose convocar para tal función al suplente, doctor Henry Antonino Huerta Sáenz, identificado con DNI N° 08687449.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha de la presente resolución, la designación del señor doctor Édgar Rojas Domínguez, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2
para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- CONVOCAR al doctor Henry Antonino Huerta Sáenz, juez superior designado por la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, con sede en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, previa juramentación ante la presidencia de la referida Corte Superior.

Artículo Tercero.- MODIFICAR la Resolución N° 433-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, en el extremo referido al Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, correspondiente al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, el que queda conformado de la siguiente manera:

JURADO
ELECTORAL
ESPECIAL
SEDE CONFORMACIÓN
JURADO
ELECTORAL
ESPECIAL DE
LIMA SUR 2
VILLA MARÍA
DEL TRIUNFO
PRESIDENTE
DR. HENRY ANTONINO HUERTA
SÁENZ
PRIMER MIEMBRO
DRA. FLOR DE MARÍA VEGA
ZAPATA
SEGUNDO MIEMBRO
LUISA ZARELA LORENA
ZANABRIA CÁCERES
Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2 y de los interesados, para los fines que se estime pertinentes.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1114956-10
{E}SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
{N}RESOLUCIÓN SBS N° 3352-2014
Lima, 30 de mayo de 2014
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:

La solicitud presentada por el señor José Eric Jesús Contreras De La Melena para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A.

Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y,
CONSIDERANDO:

Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros;

Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-SGE-360-04;

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas;

Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 17
de diciembre de 2013, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor José Eric Jesús Contreras De La Melena postulante a Corredor de Seguros de Personas -persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013
del 12 de abril de 2013;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor José Eric Jesús Contreras De La Melena con matrícula número N-4273, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.-Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.