7/30/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 451-2014-MTC/03 Aprueban transferencia de autorización para prestar

Aprueban transferencia de autorización para prestar servicio de radiodifusión comercial en FM a favor de persona natural, en localidad del departamento de Piura RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 451-2014-MTC/03 Lima, 11 de julio del 2014 VISTO, el escrito de registro N° 2013-069348 del 14 de noviembre de 2013, presentado por el señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO, sobre aprobación de transferencia de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Jacinto, departamento
Aprueban transferencia de autorización para prestar servicio de radiodifusión comercial en FM a favor de persona natural, en localidad del departamento de Piura
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 451-2014-MTC/03
Lima, 11 de julio del 2014
VISTO, el escrito de registro N° 2013-069348 del 14 de noviembre de 2013, presentado por el señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO, sobre aprobación de transferencia de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Jacinto, departamento de Piura, a favor del señor ALEXANDER NUÑEZ GOMEZ;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 903-2011-MTC/03 del 27 de setiembre de 2011, se otorgó autorización al señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO
por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Jacinto, departamento de Piura; con vencimiento de su plazo de vigencia al 05 de octubre de 2021;

Que, con escrito de registro N° 2013-069348 del 14 de noviembre de 2013 el señor MARIANO EDGAR GUEVARA
SOTO solicita la transferencia de autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Jacinto, departamento de Piura a favor del señor ALEXANDER NUÑEZ GOMEZ;

Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23° de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;

Que, a su vez, el artículo 73° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 77°
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0526-2014-MTC/28 ampliado con Informe N° 1200-2014-MTC/28, opina que debe aprobarse la transferencia de autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 903-2011-MTC/03 al señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO, a favor del señor ALEXANDER NUÑEZ GOMEZ, para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Jacinto, departamento de Piura; y, reconocer a este último, como nuevo titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma;
al haberse verificado que cumple con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión -Ley N° 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC con sus modificatorias, el T exto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO
mediante Resolución Viceministerial N° 903-2011-MTC/03, a favor del señor ALEXANDER NUÑEZ GOMEZ, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionado a dicha autorización.

Artículo 2°.- Reconocer al señor ALEXANDER
NUÑEZ GOMEZ, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 903-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo éste todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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