8/24/2014

RESOLUCION SUPREMA N° 145-2014-IN

RESOLUCION SUPREMA N° 145-2014-IN Lima, 23 de agosto de 2014 VISTOS; el Mensaje N° EX 5657/13/UDI/G.9/Mag, del 31 de julio de procedente de la OCNI Buenos Aires Argentina; y, el Memorándum Múltiple N° 356-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 5 de agosto de 2014 de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 092-2013-JUS del 12 de julio de 2013, se accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Baldomero Ortega Gonzales, formulada

RESOLUCION SUPREMA N° 145-2014-IN
Lima, 23 de agosto de 2014
VISTOS; el Mensaje N° EX 5657/13/UDI/G.9/Mag, del 31 de julio de procedente de la OCNI Buenos Aires Argentina; y, el Memorándum Múltiple N° 356-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 5 de agosto de 2014
de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 092-2013-JUS del 12 de julio de 2013, se accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Baldomero Ortega Gonzales, formulada por la Segunda Sala Penal para Procesos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad con identidad reservada y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;

Que, el Mensaje N° EX 5657/13/UDI/G.9/Mag, del 31 de julio de procedente de la OCNI Buenos Aires Argentina, comunica que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Argentino, ha comunicado que la extradición del ciudadano peruano ha sido concedida y se encuentra en condiciones de ser trasladado al Perú;
por lo que solicita la integración e itinerario de viaje de la comitiva policial designada;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 302-2014-DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 4 de agosto de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 24 al 28 de agosto de 2014, del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Abelardo Arias Sanchez y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac Ushiñahua Olivas, a la República de Argentina, a fin de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano antes mencionado;

Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple N° 356-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estadoperuano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial;

Que, según lo establecido en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República que resulten estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano";

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicio del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Abelardo Arias Sanchez y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac Ushiñahua Olivas, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Baldomero Ortega Gonzales, formulada por la Segunda Sala Penal para Procesos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad con identidad reservada, a realizarse en la República Argentina, del 24 al 28 de agosto de 2014.

Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe Días Personas T/C Total S/.

Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.810 10,397.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión de servicios deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior

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