9/18/2014

RESOLUCION JEFATURAL N° 195-2014/SIS Modifican Directiva Administrativa para Determinar el Valor

Modifican Directiva Administrativa para Determinar el Valor Monetario de los Medicamentos que serán Dispensados o Entregados a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) bajo el mecanismo establecido en el Decreto Legislativo N° 1163 RESOLUCION JEFATURAL N° 195-2014/SIS Lima, 15 de setiembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 021-2014-SIS/GNF-SGLP-ARC con Proveído N° 252-2014-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe N° 155-2014-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído N° 544-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de
Modifican Directiva Administrativa para Determinar el Valor Monetario de los Medicamentos que serán Dispensados o Entregados a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) bajo el mecanismo establecido en el Decreto Legislativo N° 1163
RESOLUCION JEFATURAL N° 195-2014/SIS
Lima, 15 de setiembre de 2014
VISTOS: El Informe N° 021-2014-SIS/GNF-SGLP-ARC con Proveído N° 252-2014-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe N° 155-2014-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído N° 544-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, conforme a la calificación otorgada por el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM en el marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y a la actualización dispuesta por el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM; asimismo, se constituye en un Pliego Presupuestal, con autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa;

Que, a través de la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, autorizándolo, hasta el segundo semestre del año 2016, a utilizar un Procedimiento Especial de Contratación para la compra, dispensación o expendio, para un conjunto de medicamentos esenciales (en Denominación Común Internacional), de manera complementaria a la oferta pública, en oficinas farmacéuticas privadas, en los casos en que las IPRESS públicas no se encuentren abastecidas con dichos medicamentos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2014-SA, se aprueba el Reglamento que regula el Procedimiento Especial de Contratación de Servicios de Salud, Servicios de Albergue incluido la alimentación, cuando corresponda y compra, dispensación o expendio de medicamentos esenciales de manera complementaria a la oferta pública;

Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento que regula el Procedimiento Especial de Contrataciones, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-SA, se emitió la Resolución Jefatural N° 190-2014/SIS de fecha 09 de setiembre de 2014, que aprobó la Directiva Administrativa N° 001-2014-SIS-GNF V.01 "Directiva Administrativa para Determinar el Valor Monetario de los Medicamentos que serán Dispensados o Entregados a los Asegurados del Seguro Integral de Salud bajo el mecanismo establecido en el Decreto Legislativo N° 1163;

Que, mediante el documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento sustenta y justifica la necesidad de modificar el literal c. del numeral 6.1 de la Directiva Administrativa N° 001-2014-SIS-GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural N° 190-2014/SIS, con la finalidad de poder utilizar como fuente de información de los precios de medicamentos el último precio reportado oficialmente por la DIGEMID al SIS, cuando no se cuente con los precios de los medicamentos registrados en Denominación Común Internacional (DCI), del reporte del mes anterior a la fecha de cálculo;

Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que Regula el Procedimiento Especial de Contratación, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-SA y lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del literal c., numeral 6.1 de la Directiva Administrativa N° 001-2014-SIS-GNF V.01 "Directiva Administrativa para Determinar el Valor Monetario de los Medicamentos que serán Dispensados o Entregados a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) bajo el mecanismo establecido en el Decreto Legislativo N° 1163, conforme al texto siguiente: (…)
"c. Durante la búsqueda de los precios de los medicamentos, se considera inicialmente, aquellos que son registrados en Denominación Común Internacional (DCI), del reporte del mes anterior a la fecha de cálculo.

De no contar con esta información, se utiliza el último precio reportado oficialmente por la Dirección General de Medicamento, Insumos y Drogas - DIGEMID al Seguro Integral de Salud (SIS).

De no encontrarse el medicamento registrado en DCI, se procede a buscar sus equivalentes registrados en nombre de medicamento de marca, y se reportará dichos medicamentos en su DCI correspondiente". (…)
Artículo 2.- La modificación dispuesta en el artículo precedente es vigente desde la fecha de su aprobación.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina General de Tecnología de la Información su difusión en el portal institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.