10/28/2014

RESOLUCIÓN N° 2584-2014-JNE Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Tupac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica RESOLUCIÓN N° 2584-2014-JNE Expediente N° J-2014-02793 TÚPAC AMARU INCA - PISCO - ICA Lima, diez de setiembre de dos mil catorce VISTOS los documentos presentados el 9 y 10 de setiembre de por Tomás Villanueva Andia Crisóstomo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica, los cuales comunican la licencia que fue concedida al regidor
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Tupac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica
RESOLUCIÓN N° 2584-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02793
TÚPAC AMARU INCA - PISCO - ICA
Lima, diez de setiembre de dos mil catorce VISTOS los documentos presentados el 9 y 10
de setiembre de por Tomás Villanueva Andia Crisóstomo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica, los cuales comunican la licencia que fue concedida al regidor Santiago José de la Cruz Ochoa.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

3. Con fecha 20 de junio de (fojas 05), el regidor Santiago José de la Cruz Ochoa, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo N° 053-2014-MDTAI, de fecha 27 de junio de (fojas 02 y 04), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que el regidor Santiago José de la Cruz Ochoa presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.

5. En ese sentido, resulta procedente convocar a María Ysabel Bernaola Loza, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 22294900, candidata no proclamada de la organización local Pisco No se Detiene, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Chincha, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Santiago José de la Cruz Ochoa, regidor del Concejo Distrital de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Ysabel Bernaola Loza, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 22294900, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica, mientras dure la licencia de Santiago José de la Cruz Ochoa, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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