10/29/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2014-MTC/03 Declaran aprobada transferencia a favor de persona

Declaran aprobada transferencia a favor de persona natural, de autorización para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en el departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2014-MTC/03 Lima, 16 de Octubre del 2014 VISTO, el escrito de registro N° 2011-022735, del 19 de mayo de 2011, presentada por la empresa RADIO CORPORACIÓN VISIÓN DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sobre aprobación para transferir una autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en
Declaran aprobada transferencia a favor de persona natural, de autorización para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en el departamento de Puno
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2014-MTC/03
Lima, 16 de Octubre del 2014
VISTO, el escrito de registro N° 2011-022735, del 19
de mayo de 2011, presentada por la empresa RADIO
CORPORACIÓN VISIÓN DEL ALTIPLANO SOCIEDAD
COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sobre aprobación para transferir una autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), de la localidad de Puno – Juliaca – Huancane – Lampa –
Moho – Azangaro – Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno, a favor de la señora ISAURA CHOQUEAPAZA
MAMANI;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 140-97-MTC/15.17 del 21 de marzo de 1997, se otorgó a la empresa RADIO DIFUSORA VISIÓN DEL ALTIPLANO
AM – FM E.I.R.L.

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, autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 201-2011-MTC/03 de fecha 21 de febrero de 2011, se adecuó por mandato expreso de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 060-2010-MTC, el plazo de vigencia de diversas autorizaciones otorgadas para prestar servicios de radiodifusión, entre ellas la otorgada a la empresa RADIO CORPORACIÓN
VISIÓN DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMIT ADA con Resolución Ministerial N° 140-97-MTC/15.17, otorgándose autorización por el plazo de diez (10) años por períodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Puno – Juliaca – Huancane – Lampa – Moho – Azangaro – Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno. El plazo de concedido vence el 28 de marzo de 2017;

Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, concordado con el artículo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;

Que, a su vez, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74° y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, "aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización";

Que, mediante Informe N° 1984-2014-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde declarar aprobada al 30 de setiembre 1 Mediante escrito de registro P/D N° 017860 del 17 de marzo de 2005, la administrada comunicó el cambio de denominación y transformación una sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada ahora RADIO
CORPORACIÓN VISIÓN DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA.
de 2011, por aplicación del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO
CORPORACIÓN VISIÓN DEL ALTIPLANO SOCIEDAD
COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno – Juliaca – Huancane – Lampa – Moho – Azangaro – Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, a favor de la señora ISAURA CHOQUEAPAZA
MAMANI, reconociéndola como su nueva titular y asumiendo esta los derechos y obligaciones derivadas de la referida autorización y otros procedimientos en trámite vinculado a tal autorización;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión -Ley N° 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi catorias;

Con la opinión favorable de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar aprobada al 30 de setiembre de 2011, por aplicación del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial N° 140-97-MTC/15.17 y adecuada con Resolución Viceministerial No. 201-2011-MTC/03 para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno – Juliaca – Huancane – Lampa – Moho – Azangaro – Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno, de titularidad de la empresa RADIO CORPORACIÓN
VISIÓN DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA. a favor de la señora ISAURA CHOQUEAPAZA MAMANI, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización.

Artículo 2°.- Reconocer a la señora ISAURA
CHOQUEAPAZA MAMANI, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 201-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los nes de su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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