11/06/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 645-2014-DE/MGP

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 645-2014-DE/MGP Lima, 5 de noviembre de 2014 Visto, el Oficio P.200-2898 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 15 de octubre de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Ejercicio de Operaciones Anfibias denominado DAWN BLITZ, se viene realizando anualmente desde el año 2010, en la zona geográfica de San Diego, California, Estados Unidos de América, cubriendo las áreas de mar y tierra colindantes al lado del Océano Pacífico; este Ejercicio se realiza bajo el auspicio de la Marina

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 645-2014-DE/MGP
Lima, 5 de noviembre de 2014
Visto, el Oficio P.200-2898 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 15 de octubre de 2014;

CONSIDERANDO:

Que, el Ejercicio de Operaciones Anfibias denominado DAWN BLITZ, se viene realizando anualmente desde el año 2010, en la zona geográfica de San Diego, California, Estados Unidos de América, cubriendo las áreas de mar y tierra colindantes al lado del Océano Pacífico; este Ejercicio se realiza bajo el auspicio de la Marina de los Estados Unidos de América y cuenta con la participación de las Marinas e Infanterías de Marina de los países de Estados Unidos de América y Japón; en tal sentido, está previsto para el presente año la participación de Oficiales Superiores de Colombia, Chile y Perú, como observadores del mencionado evento internacional, a fin que posteriormente se pueda consolidar la participación efectiva de los citados países;

Que, éste es un Ejercicio del más alto nivel de entrenamiento, el cual se enmarca en el concepto de la defensa de intereses comunes ante nuevas amenazas considerándose prácticas de Operaciones Anfibias que por su complejidad demandan una elaborada actividad de planeamiento y coordinación previa, para lo cual está concebida la ejecución de TRES (3) Conferencias de Planeamiento previas a la realización efectiva del Ejercicio: Conferencias Inicial, Media y Final, en las cuales se interactúa a través de comités de trabajo con Oficiales de las Infanterías de Marina participantes para efectos de la organización del citado ejercicio;

Que, el Comandante de la Tercera Flota de la Marina de los Estados Unidos de América, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que personal de la Marina de Guerra del Perú, participe en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) del Ejercicio DAWN BLITZ
2015, a realizarse en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, del 12 al 14 de noviembre de 2014;

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de DOS (2) Oficiales Superiores, para que participen en la mencionada conferencia;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Juan Francisco PACHECO Zimic y del Capitán de Corbeta Orlando Jesús ECHEVARRIA
Hurtado, para que participen en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) del Ejercicio DAWN BLITZ 2015, a realizarse en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, del 12 al 14 de noviembre de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del Personal Naval comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1)
día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Juan Francisco PACHECO Zimic, CIP. 00959248, DNI. 43366253 y del Capitán de Corbeta Orlando Jesús ECHEVARRIA Hurtado, CIP. 00910648, DNI. 44174117, para que participen en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) del Ejercicio DAWN BLITZ 2015, a realizarse en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, del 12 al 14 de noviembre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 11 y su retorno el 15 de noviembre de 2014.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - San Diego (Estados Unidos de América) - Lima US$ 2,180.00 x 2 personas US$ 4,360.00
Viáticos:

US$ 440.00 x 2 personas x 3 días US$ 2,640.00
TOTAL A PAGAR: US$ 7,000.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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