12/05/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 445-2014-MC Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la

Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 445-2014-MC Lima, 3 de diciembre de 2014 Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán
Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 445-2014-MC
Lima, 3 de diciembre de 2014
Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
VISTO, el Informe N° 451-2014-DGIA-VMPCIC/MC y el Informe N° 491-2014-DGPC-VMPCIC/MC, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones la de conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, de conformidad con el numeral 78.14 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimiento al mérito a los artistas que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio;

Que, asimismo, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma antes referida, establece que la Dirección de Artes tiene entre sus funciones, la de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, de acuerdo al artículo 11 de la Directiva N° 001-2011-MC, sobre Declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC
y sus modificatorias, el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, Repositorio Vivo de la Memoria Colectiva, Medalla de Honor de la Cultura Peruana y Director Honorario;

Que, mediante Informe N° 046-2013-DPI-DGPC-VMPCIC/MC la Directora de Patrimonio Inmaterial remite a la Dirección General del Industrias Culturales y Artes, la reseña de la labor desarrollada por el Conjunto Musical Los Requiebros de Canas, a fin que se evalúe el otorgamiento de la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura;

Que, asimismo, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco mediante Memorando N° 1055-2014-DDC-CUS/MC emite opinión respecto a la procedencia de la propuesta plantada por la Dirección de Patrimonio Inmaterial para el otorgamiento de la referida distinción;

Que, mediante los Informes N° 385 y 439-2014-DPI-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección de Patrimonio Inmaterial emite opinión favorable a fin que se otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas; asimismo, recomendó se otorgue la referida distinción, en virtud de su singular trayectoria artística que refieja la idiosincrasia y el sentir de las provincias altas de la región Cusco;

Que, mediante Informe N° 886-2014-DIA-DGIA-VMPCIC/MC del 1 de octubre de 2014, la Dirección de Artes recomienda realizar las acciones correspondientes para el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, mediante el Informe N° 451-2014-DGIA-VMPCIC/ MC del 3 de octubre de 2014, emite opinión favorable para el reconocimiento del Conjunto Musical Los Requiebros de Canas como Personalidad Meritoria de la Cultura;

Que, en ese sentido, se ha considerado pertinente distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas, por su destacada labor artística y contribución al reforzamiento de la identidad cultural y de la transmisión de la memoria colectiva, en salvaguarda del Patrimonio Inmaterial de la región;

Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Directora General de la Dirección de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC y la Directiva N° 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el Otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas, en mérito a su singular trayectoria artística y contribución al reforzamiento de la identidad cultural, la transmisión de la memoria colectiva y la salvaguarda del Patrimonio Inmaterial de la región.

Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda con el trámite que corresponda.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura

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