1/15/2015

DS N° 004-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Pliego Ministerio de Salud DECRETO SUPREMO N° 004-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Pliego Ministerio de Salud
DECRETO SUPREMO N° 004-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud;

Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación en salud de la población;

Que, mediante el numeral 30.3 del artículo 30 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza al Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud a realizar modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS
SETENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

44 779 000,00), a favor del Pliego 011: Ministerio de Salud, para financiar las actividades referidas a la regulación, supervisión, inspección y control del cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de salud que en el marco del Decreto Legislativo N° 1161 corresponden al Ministerio de Salud; para tal fin, el numeral 30.4 del mismo artículo establece que la modificación presupuestaria en el nivel institucional se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de este último;

Que, en virtud de lo antes expuesto, el Ministerio de Salud, mediante Oficio N° 017-2015-SG/MINSA, propone el proyecto de decreto supremo que autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del Ministerio de Salud, para financiar las actividades referidas a la regulación, supervisión, inspección, y control del cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de salud, que corresponde al Decreto Legislativo N° 1161, en atención a lo dispuesto en el numeral 30.3 del artículo 30 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de
CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS
SETENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 779 000,00), por toda fuente de financiamiento;
remitiendo para tal efecto el Informe N° 001-2015-OPP-UP/IGSS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, en el que presenta el desagregado de los recursos a ser transferidos por dicho pliego, a favor del pliego 011: Ministerio de Salud, y el Informe N° 002-2015-OGPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del pliego 011:

Ministerio de Salud que valida el referido desagregado de los recursos a ser transferidos;

Que, corresponde autorizar una transferencia de partidas a favor del pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES
SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 44 779 000,00), con cargo al presupuesto aprobado del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud, para el financiamiento de las actividades referidas a la regulación, supervisión, inspección, y control del cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de salud, que corresponden al Ministerio de Salud, en el marco del Decreto Legislativo
N° 1161;

De conformidad con lo establecido en los numerales 30.3 y 30.4 del artículo 30 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público en el Año Fiscal 2015;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES
SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 44 779 000,00), del pliego 137:

Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a favor del pliego 011: Ministerio de Salud, destinada a financiar el cumplimiento del numeral 30.3 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración IGSS
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0001 : Programa Articulado Nutricional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 842 891,00
2.3. Bienes y Servicios 1 270 888,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 198 156,00
2.3. Bienes y Servicios 349 348,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0016 : TBC-VIH/SIDA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 451 129,00
2.3. Bienes y Servicios 526 850,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 442 071,00
2.3. Bienes y Servicios 393 658,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0018 : Enfermedades No Transmisibles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 4 074 129,00
2.3. Bienes y Servicios 824 727,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 176 089,00
2.3. Bienes y Servicios 357 520,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 74 952,00
2.3. Bienes y Servicios 248 328,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0104 : Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 83 727,00
2.3. Bienes y Servicios 301 695,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0129 : Prevención y Manejo de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 32 936,00
ACCIONES CENTRALES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 10 493 637,00
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 440 641,00
2.3. Bienes y Servicios 3 074 309,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 3 770 467,00
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 10 593 783,00
2.3. Bienes y Servicios 2 559 069,00
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 3 198 000,00
---------------------TOTAL EGRESOS 44 779 000,00
============
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0001 : Programa Articulado Nutricional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 842 891,00
2.3. Bienes y Servicios 1 270 888,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 198 156,00
2.3. Bienes y Servicios 349 348,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0016 : TBC-VIH/SIDA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 451 129,00
2.3. Bienes y Servicios 526 850,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 442 071,00
2.3. Bienes y Servicios 393 658,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0018 : Enfermedades No Transmisibles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 4 074 129,00
2.3. Bienes y Servicios 824 727,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 176 089,00
2.3. Bienes y Servicios 357 520,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 74 952,00
2.3. Bienes y Servicios 248 328,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0104 : Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 83 727,00
2.3. Bienes y Servicios 301 695,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0129 : Prevención y Manejo de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 32 936,00
ACCIONES CENTRALES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 10 493 637,00
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 440 641,00
2.3. Bienes y Servicios 3 074 309,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 3 770 467,00
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 10 593 783,00
2.3. Bienes y Servicios 2 559 069,00
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 3 198 000,00
---------------------TOTAL EGRESOS 44 779 000,00
============
1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 se encuentra en los Anexos N°s 1 y 1A: "Transferencia de partidas al Ministerio de Salud", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publicarán en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), Instituto de Gestión de Servicios de Salud (www.igss.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano..

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en los Anexos N°s. 2 y 2A: "Ingresos correspondientes a la Transferencia de Partidas al Ministerio de Salud" que forman parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Específica; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dichos Anexos se publican en el portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), Instituto de Gestión de Servicios de Salud (www.igss.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano".

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de enero del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

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