1/05/2015

Res.Vice. N° 791-2014-MTC/03 Modifican Planes de Canalización y Asignación de

Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Loreto RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 791-2014-MTC/03 Lima, 22 de diciembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, concordado con el artículo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración,
Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Loreto
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 791-2014-MTC/03
Lima, 22 de diciembre del 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, concordado con el artículo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7° del precitado Reglamento dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, con Resolución Viceministerial N° 107-2004-MTC/03 y modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Loreto;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe N° 2391-2014-MTC/28, propone la incorporación de los planes de las localidades de ANDOAS, INTUTU, PANTOJA y VILLA TROMPETEROS a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Loreto;

Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Viceministerial N° 107-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Loreto, a fin de incorporar a las localidades de ANDOAS, INTUTU, PANTOJA y VILLA TROMPETEROS; conforme se indica a continuación:

Localidad: ANDOAS
Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
210 89.9
218 91.5
226 93.1
234 94.7
242 96.3
250 97.9
266 101.1
274 102.7
290 105.9
298 107.5
Total de canales: 10
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 1 KW.

Localidad: INTUTU
Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
209 89.7
221 92.1
225 92.9
229 93.7
277 103.3
Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
289 105.7
297 107.3
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.5 KW.

Localidad: PANTOJA
Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
204 88.7
212 90.3
220 91.9
228 93.5
236 95.1
244 96.7
260 99.9
276 103.1
284 104.7
292 106.3
Total de canales: 10
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.5 KW.

Localidad: VILLA TROMPETEROS
Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
203 88.5
207 89.3
219 91.7
227 93.3
231 94.1
241 96.1
279 103.7
291 106.1
295 106.9
Total de canales: 9
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.5 KW.

Artículo 2°.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados.

En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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