1/04/2015

RM N° 891-2014 MTC/02 Aprueban valor de tasaciones de predios afectados por la

Aprueban valor de tasaciones de predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas - Abancay, Tramo: Andahuaylas - Kishuara RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 891-2014 MTC/02 Lima, 30 de diciembre de 2014 VISTA: La Nota de Elevación N° 366-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de tasación de tres predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento
Aprueban valor de tasaciones de predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas - Abancay, Tramo: Andahuaylas - Kishuara
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 891-2014 MTC/02
Lima, 30 de diciembre de 2014
VISTA:

La Nota de Elevación N° 366-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de tasación de tres predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Abancay, Tramo: Andahuaylas – Kishuara; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones;

Que, los artículos 2, 3 y 4 de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposición complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura;

Que, según el artículo 2 de la Ley N° 27628, el valor de la tasación será fijado por la Dirección Nacional de Construcción, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b)
una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante;
que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación.

Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación, y según el artículo 3°, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder;

Que, el artículo 27° de la Ley N° 30230 modifica la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley N° 27628, antes de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628;

Que, mediante Oficio N° 3150-201 1-MTC/20.6 la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL remite a la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cinco expedientes individuales correspondientes a bienes afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Abancay, Tramo: Andahuaylas – Kishuara, solicitando el presupuesto que implique la ejecución de las valuaciones comerciales;

Que, la Dirección Nacional de Construcción mediante el Oficio N° 222-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC remite a la Unidad Gerencial de Estudios, los Informes Técnicos de Tasación correspondientes a cinco predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Abancay, Tramo: Andahuaylas – Kishuara;

Que, mediante Memorándum N° 6056-2014-MTC/20.6
la Unidad Gerencial de Estudios eleva el Informe N° 099-2014/DNHH del Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el cual manifiesta que tres Informes Técnicos de Tasación de los predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Abancay, Tramo: Andahuaylas – Kishuara, se encuentran expeditos para su aprobación;

Que, asimismo, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el Informe N° 099-2014/DNHH
indica que la aprobación de las tasaciones, antes citadas, se ampara en la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, y en el artículo 27 de la Ley N° 30230 que modifica la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025; por lo que corresponde que se apruebe las tasaciones incluyendo un porcentaje adicional del 10%
del valor comercial del predio, conforme se detalla en el cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución;

Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal mediante el Informe N° 892-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobación de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios;

Que, en tal sentido, al amparo de la Ley N° 27628 y sus modificatorias resulta procedente aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción de los tres predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Abancay, Tramo: Andahuaylas – Kishuara;

De conformidad con las Leyes N°s. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a tres predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Abancay, Tramo: Andahuaylas – Kishuara conforme al cuadro que como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
TRES INMUEBLES AFECTADOS POR LA OBRA:

REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA
CARRETERA ANDAHUAYLAS – ABANCAY, TRAMO:

ANDAHUAYLAS – KISHUARA
ÍTEM CÓDIGO
VALOR DE
TASACIÓN (S/.)
10 %
ADICIONAL (S/.)
VALOR TOTAL
DE TASACIÓN (S/.)
1 KISH-404 3,837.02 383.70 4,220.72
2 KISH-406 9,489.92 948.99 10,438.91
3 KISH-407 3,629.12 362.91 3,992.03

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