2/24/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 021-2015-DV-PE Autorizan transferencias financieras a favor

Autorizan transferencias financieras a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de la actividad "Diseño e Implementación de Campañas de Sensibilización para desalentar la Cadena Delictiva de la Oferta de Drogas" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 021-2015-DV-PE Lima, 20 de febrero de 2015 VISTO: El Memorándum N° 055-2015-DV-PPCOD, de fecha 11 de febrero de 2015, emitido por la Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú" –
Autorizan transferencias financieras a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de la actividad "Diseño e Implementación de Campañas de Sensibilización para desalentar la Cadena Delictiva de la Oferta de Drogas"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 021-2015-DV-PE
Lima, 20 de febrero de 2015
VISTO:

El Memorándum N° 055-2015-DV-PPCOD, de fecha 11 de febrero de 2015, emitido por la Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú"
PPGIECOD y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4°, inciso a), del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene como función "Diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación";

Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza a DEVIDA en el Año Fiscal la realización de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú";
precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1
del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Que, el 30 de enero de 2015, DEVIDA y el Gobierno Provincial de Puerto Inca (Huánuco) y los Gobiernos Locales de: Monzón (Huánuco) e Irazola (Ucayali), han suscrito Convenios y/o Adendas de Cooperación Interinstitucional en el Marco de los Programas Presupuestales de DEVIDA, con vigencia hasta el 31
de diciembre del año 2015, con la finalidad de ejecutar la actividad "Diseño e Implementación de Campañas de Sensibilización para desalentar la Cadena Delictiva de la Oferta de Drogas", a través de transferencias financieras que realizará DEVIDA ascendentes a S/. 160,853.00 (Ciento sesenta mil ochocientos cincuenta y tres y 00/100
Nuevos Soles); S/. 180,000.00 (Ciento ochenta mil y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 94,772.00 (Noventa y cuatro mil setecientos setenta y dos y 00/100 Nuevos Soles)
respectivamente;

Que, la Unidad de Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido sus informes previos favorables a través de la Certificación de Crédito Presupuestal N° 00217, 00216
y 00215 para el Gobierno Provincial de Puerto Inca, Gobierno Local de Monzón y el Gobierno Local de Irazola respectivamente. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las conformidades correspondientes de los Planes Operativos Anuales, presentado por el Gobierno Provincial de Puerto Inca, el Gobierno Local de Monzón y el Gobierno Local de Irazola;

Con las visaciones de la Responsable Técnico del Programa Presupuestal Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú, la Dirección de Articulación Territorial, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y Secretaría General;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 30281- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo
N° 047-2014-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE
TRANSFERENCIA FINANCIERA
Autorizar las transferencias financieras, para la Ejecución de la Actividad "Diseño e Implementación de Campañas de Sensibilización para desalentar la Cadena Delictiva de la Oferta de Drogas" a favor de los siguientes Gobiernos Locales:

Unidad Ejecutora Monto (S/.) Modalidad Municipalidad Provincial de Puerto Inca 160,853.00
Transferencia Financiera Municipalidad Distrital de Monzón 180,000.00
Transferencia Financiera Municipalidad Distrital de Irazola 94,772.00
Transferencia Financiera Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO
La transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución, se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
Los Gobiernos Locales descritos, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieran para la ejecución del proyecto señalado, quedando prohibido reorientar dichos recursos hacia otras actividades o proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 30281 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente Ejecutivo

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