2/12/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 041-2015-ANA Prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada al Proyecto

Prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada al Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo del Gobierno Regional de Arequipa, de las aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo Expediente : CUT- 2705 -2015 Materia : Prórroga de reserva de recursos hídricos Solicitante : Gobierno Regional de Arequipa RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 041-2015-ANA Lima, 10 de febrero de 2015 VISTOS: Los Oficios N° 1002-2014-GRA/PR y 060-2015-GRA/ PR mediante los cuales el Gobierno Regional de Arequipa solicita prórroga
Prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada al Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo del Gobierno Regional de Arequipa, de las aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo Expediente : CUT- 2705 -2015 Materia : Prórroga de reserva de recursos hídricos Solicitante : Gobierno Regional de Arequipa
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 041-2015-ANA
Lima, 10 de febrero de 2015
VISTOS:

Los Oficios N° 1002-2014-GRA/PR y 060-2015-GRA/ PR mediante los cuales el Gobierno Regional de Arequipa solicita prórroga de reserva de recursos hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 15°
numeral 5 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre sus funciones, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;

Que, asimismo, el artículo 208° numeral 208.1 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, establece que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motiven;

Que, con Decreto Supremo N° 042-2005-AG se reservó a favor del Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo, las aguas superficiales procedentes de la parte alta de la cuenca del río Tambo, provenientes de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture, por un volumen anual de 30.00 MMC; reserva que fue prorrogada mediante Decreto Supremo N° 031-2007-AG así como por las Resoluciones Jefaturales N° 0005-2011-ANA y 031-2013-ANA, hasta el 14.01.2015;

Que, con documento del visto, la presidencia del Gobierno Regional de Arequipa solicitó prórroga de la reserva de recursos hídricos para el desarrollo del proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo";

Que, mediante Informe Técnico N° 003-2015-ANA-DCPRH-ERH-SUP/CAC la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos concluye que:
a) Según Memorándum N° 094-2015-ANA-DARH la Dirección de Administración de Recursos Hídricos informa que no se ha otorgado ningún derecho de uso de agua con cargo a la reserva de agua del Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo, desde enero del 2013 a la fecha.
b) El Gobierno Regional de Arequipa presenta el Informe Técnico sustentatorio de la prórroga de la reserva de agua del Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo.
c) No habiéndose realizado modificaciones a la reserva de agua prorrogada mediante la Resolución Jefatural N° 031-2013-ANA y considerando la documentación justificatoria, es procedente prorrogar a favor del Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo del Gobierno Regional de Arequipa, por dos años adicionales y en las mismas condiciones, la reserva de agua superficial de libre disponibilidad procedente de la parte alta de la cuenca del río Tambo, provenientes de los ríos Fundición; Quemillone y Paltiture, hasta por un volumen anual de 30.00 hm 3
.

Que, la reserva de recursos hídricos prorrogada por Resolución Jefatural N° 031-2013-ANA, venció el 14.01.2015, y la solicitud del Gobierno Regional de Arequipa fue presentada el 09.01.y fue ratificada el 26.01.2015;

Que, de la revisión de los actuados se desprende que:
a) No se ha modificado la reserva prorrogada mediante Resolución Jefatural N° 031-2013-ANA.
b) No se otorgaron derechos de uso de agua con cargo a la reserva.
c) Se mantienen las condiciones mediante las cuales se otorgó la reserva.

Que, en este sentido, y de conformidad con lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde prorrogar, por el plazo de dos (2) años, con eficacia anticipada al 15.01.2015, a favor del Gobierno Regional de Arequipa, la reserva de recursos hídricos otorgada al Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo, de las aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo, provenientes de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture, por un volumen anual de 30.0 MMC;

Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- De la prórroga de la reserva de recursos hídricos Prorrogar, por el plazo de dos (2) años, con eficacia anticipada al 15.01.2015, la reserva de recursos hídricos, otorgada al Proyecto Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo del Gobierno Regional de Arequipa, de las aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo, provenientes de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture, por un volumen anual de 30.0 MMC.

Artículo 3°.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña y la Administración Local de Agua Tambo - Alto Tambo, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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