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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 24-2015/JNAC/RENIEC Aprueban gratuidad en los trámites de actualización del
2/10/2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 24-2015/JNAC/RENIEC Aprueban gratuidad en los trámites de actualización del
Aprueban gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del DNI de los ciudadanos residentes en el distrito de Uchuraccay, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 24-2015/JNAC/RENIEC Lima, 9 de febrero de 2015 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000025-2015/GOR/ RENIEC (02FEB2015), el Memorando N° 002402-2014/ GOR/RENIEC (13NOV2014), e Informe N° 000081-2014/ GOR/RENIEC (18NOV2014), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000227-2015/
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 24-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 9 de febrero de 2015
VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000025-2015/GOR/ RENIEC (02FEB2015), el Memorando N° 002402-2014/ GOR/RENIEC (13NOV2014), e Informe N° 000081-2014/ GOR/RENIEC (18NOV2014), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000227-2015/ GPP/RENIEC (29ENE2015), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000141-2015/GPP/ SGP/RENIEC (27ENE2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000011-2015/GPP/SGPL/RENIEC (28ENE2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe
N° 000049-2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (06FEB2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000088-2015/GAJ/RENIEC (06FEB2015), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI)
es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, siendo el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado;
Que mediante la Ley N° 30221, publicada en el diario oficial El Peruano el 11 de julio de 2014, se crea el distrito de Uchuraccay con su capital Huaynacancha, en la provincia Huanta, departamento de Ayacucho;
Que la referida Ley en su Quinta Disposición Complementaria dispone que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realice las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito el documento nacional de identidad con los datos actualizados;
Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identificación de las personas y entrega del Documento Nacional de Identidad –DNI, conforme a lo dispuesto en el artículo 91° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), en virtud a la creación del distrito señalado precedentemente, mediante documentos de vistos solicita se emita el acto resolutivo que permita la gratuidad de los trámites que contengan una actualización por cambio del Código de Ubicación Geográfica – UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, autorizando además de manera excepcional, la declaración jurada del domicilio en la Ficha Registral de los residentes del distrito de Uchuraccay;
Que en ese sentido la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que es factible el financiamiento de los gastos que conlleven la actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO en el DNI de los pobladores residentes en el distrito Uchuraccay recientemente creado, con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para los procesos electorales del año 2015, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios;
Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente;
Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad de los ciudadanos residentes en el distrito de Uchuraccay, de la provincia Huanta, departamento de Ayacucho, desde el 15 de febrero al 15 de agosto de 2015.
Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional como válida la declaración del domicilio consignado en la ficha registral en donde conste la impresión dactilar y firma del titular, a los ciudadanos residentes del distrito señalado en el artículo precedente, hasta el 15 de agosto de 2015.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Planificación y Presupuesto y Registros de Identificación.
Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para los procesos electorales del año 2015, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios.
Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
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