2/03/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2015-TR Acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y

Acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2015-TR Lima, 2 de febrero de 2015 VISTO: La Carta de fecha 13 de enero de de la Central Unitaria de Trabajadores; el Oficio N° 018-CEN-CTP-de la Confederación de Trabajadores del Perú y los Oficios N°s. 012 y 024-2015-MTPE/1/27 del Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo,
Acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2015-TR
Lima, 2 de febrero de 2015
VISTO: La Carta de fecha 13 de enero de de la Central Unitaria de Trabajadores; el Oficio N° 018-CEN-CTP-de la Confederación de Trabajadores del Perú y los Oficios N°s. 012 y 024-2015-MTPE/1/27 del Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación de materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al sector trabajo y promoción del empleo. Dicho Consejo Nacional está integrado, entre otros, por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP);

Que, el precitado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada por Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 199-2012-TR se acreditó a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre ellos a los representantes de los trabajadores;

Que, en atención a los documentos de visto, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) remiten sus propuestas para acreditar a sus representantes, titular y suplente, respectivamente, frente al Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Con las visaciones del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)
del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2014-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acreditar a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a que se refiere el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo al siguiente detalle:

Representantes de los Trabajadores Central Unitaria de Trabajadores (CUT)
Titular : Alfonso Hernán Gamboa Briceño Alterno: Senobio Urbano Garay Gutiérrez Confederación de Trabajadores del Perú (CTP)
Titular : Teodoro Zapata Suclupe Alterno: Mitraton Eloy Julca Ibañez Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.
trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.