3/20/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 63-2015/JNAC/RENIEC Aprueban gratuidad en los trámites de actualización del

Aprueban gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, de ciudadanos residentes en diversas provincias y distritos de los departamentos de Loreto, Junín, Cusco y Huancavelica RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 63-2015/JNAC/RENIEC Lima, 19 de marzo de 2015 VISTOS: Las Hojas de Elevación N° 000068-2015/ GOR/RENIEC (05MAR2015), N° 000085-2015/GOR/RENIEC (16MAR2015), y el Informe N° 000014-2015/GOR/RENIEC (05MAR2015); emitidos por la Gerencia de Operaciones
Aprueban gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, de ciudadanos residentes en diversas provincias y distritos de los departamentos de Loreto, Junín, Cusco y Huancavelica
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 63-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 19 de marzo de 2015
VISTOS: Las Hojas de Elevación N° 000068-2015/
GOR/RENIEC (05MAR2015), N° 000085-2015/GOR/RENIEC (16MAR2015), y el Informe N° 000014-2015/GOR/RENIEC (05MAR2015);
emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevación N° 000042-2015/GPP/RENIEC (17FEB2015), los Memorandos N° 000657-2015/
GPP/RENIEC (02MAR2015), N° 000844-2015/GPP/
RENIEC (13MAR2015), N° 000860-2015/GPP/RENIEC (16MAR2015); emitidos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 000220-2015/GPP/SGP/
RENIEC (06FEB2015), N° 000459-2015/GPP/SGP/
RENIEC (26FEB2015), N° 000665-2015/GPP/SGP/ RENIEC (13MAR2015) y N° 000678-2015/GPP/SGP/ RENIEC (16MAR2015), emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000032-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (02MAR2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000024-2015/GAJ/RENIEC (18MAR2015) y la Hoja de Elevación N°000192-2015/ GAJ/RENIEC (18MAR2015), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, siendo el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado;

Que mediante la Ley N° 30186, publicada en el diario oficial El Peruano el 06 de mayo de 2014, se crea la provincia de Putumayo con capital San Antonio del Estrecho en el departamento de Loreto, y los distritos de Rosa Panduro con capital Santa Mercedes, y Yaguas con capital Remanso, del departamento de Loreto;

Que por Ley N° 30212, publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de junio de 2014, se sanea los límites territoriales de la provincia de Chupaca y de los distritos de Ahuac, Chongos Bajo, Chupaca, Huachac, Huamancaca Chico, San Juan de Iscos, San Juan de Jarpa, Tres de Diciembre y Yanacancha, de la provincia de Chupaca, del departamento de Junín;

Que a través de la Ley N° 30265, publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de noviembre de 2014, se crea el distrito de Inkawasi, con su capital Amaybamba en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco;

Que mediante la Ley N° 30278, publicada en el diario oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2014, se crea el distrito de Quichuas, con su capital Quichuas, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica;

Que por Ley N° 30279, publicada en el diario oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2014, se crea el distrito de Villa Virgen, con su capital Villa Virgen, en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco;

Que mediante Ley N° 30280, publicada en el diario oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2014, se crea el distrito de Andaymarca, con su capital Andaymarca, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica;

Que corresponde al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, realizar las acciones necesarias para otorgar a la población residente de la provincia y nuevos distritos creados, el Documento Nacional de Identidad con los datos actualizados;

Que asimismo, la Sexta Disposición Complementaria de la Ley N° 27795 – "Ley de Demarcación y Organización Territorial", dispone que las entidades y empresas que prestan servicios públicos, adecuarán su información a la nueva delimitación aprobada;

Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identificación de las personas y entrega del Documento Nacional de Identidad –DNI, conforme a lo dispuesto en el artículo 91° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), en virtud a la creación de los distritos señalados precedentemente, mediante documentos de vistos solicita se emita el acto resolutivo que permita la gratuidad de los trámites que contengan una actualización por cambio del Código de Ubicación Geográfica – UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, autorizando además de manera excepcional, la declaración jurada del domicilio en la Ficha Registral de los residentes de los citados distritos;

Que en ese sentido la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que es factible el financiamiento de los gastos que conlleven la actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO en el DNI de los pobladores residentes en los distritos de reciente creación, con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para los procesos electorales del año 2015, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios;

Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 1 del artículo 10°
del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica -UBIGEO del Documento Nacional de Identidad desde el 19 de marzo al 15 de setiembre de 2015, de los ciudadanos residentes de la provincia y distritos que a continuación se detallan:
- Provincia de Putumayo con capital San Antonio del Estrecho, los distritos de Rosa Panduro con capital Santa Mercedes, y Yaguas con capital Remanso, de la provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, creados por Ley N° 30186.
- Distritos de Ahuac, Chongos Bajo, Chupaca, Huachac, Huamancaca Chico, San Juan de Iscos, San Juan de Jarpa, Tres de Diciembre y Yanacancha, de la provincia de Chupaca, del departamento de Junín, saneado sus límites territoriales por Ley N° 30212.
- Distrito de Inkawasi, con su capital Amaybamba en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, creado por Ley N° 30265.
- Distrito de Quichuas, con su capital Quichuas, en la provincia de T ayacaja, del departamento de Huancavelica, creado por Ley N° 30278.
- Distrito de Villa Virgen, con su capital Villa Virgen, en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, creado por Ley N° 30279.
- Distrito de Andaymarca, con su capital Andaymarca, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, creado por Ley N° 30280.

Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional como válida la declaración del domicilio consignado en la ficha registral en donde conste la impresión dactilar y firma del titular, a los ciudadanos residentes de la provincia y distritos señalados en el artículo precedente, hasta el 15
de setiembre de 2015.

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Planificación y Presupuesto y Registros de Identificación.

Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para los procesos electorales del año 2015, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios.

Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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