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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2015-TR Oficializan la "Gran Feria de Promoción de los Derechos de

Oficializan la "Gran Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar", a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2015-TR Lima, 27 de marzo de 2015 VISTOS: El Proveído N° 1154-2015-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo, los Oficios N°s. 256 y 289-2015-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y el Informe N° 468-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Oficializan la "Gran Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar", a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2015-TR
Lima, 27 de marzo de 2015
VISTOS: El Proveído N° 1154-2015-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo, los Oficios N°s.

256 y 289-2015-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y el Informe N° 468-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, prescribe que el Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las materias socio-laborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, entre otros;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, señala en su artículo 52 que la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo es un órgano de línea responsable de formular las políticas públicas y funciones sustantivas orientadas a la promoción de la libertad sindical, la erradicación del trabajo forzoso, la erradicación del trabajo infantil, la igualdad de oportunidades y no discriminación, entre otros derechos fundamentales en el trabajo; así como, en materia laboral para el cumplimiento de la regulación en materia de seguridad en el trabajo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2007-TR
se declaró el día 30 de marzo de cada año como el "Día Nacional de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar";
encargándose al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como ente responsable de fomentar, establecer, dirigir, supervisar y evaluar la política socio-laboral orientada al empleo con protección social, la organización de las actividades encaminadas a la celebración de este importante día en forma participativa y a nivel nacional, regional y local;

Que, bajo este marco legal, la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo ha programado una actividad de difusión de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del hogar, denominada "Gran Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar", en la cual participarán representantes de diversas entidades públicas y privadas;

Que, en ese sentido, mediante Oficio N° 256-2015-MTPE/2/15, la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo solicita la oficialización de la actividad denominada "Gran Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar", a realizarse en la ciudad de Lima, el 29 de marzo de 2015;

Que, la referida actividad tiene como objetivo, garantizar y promover el respeto y cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del hogar, según lo establecido en la normativa laboral correspondiente; así como orientar las acciones institucionales y la coordinación permanente con los distintos actores y gestores involucrados, a favor de este grupo de trabajadores;

Que, la realización del citado evento cuenta, para su ejecución, con disponibilidad presupuestal, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 478, expedida por la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 468-2015-MTPE/4/8, la procedencia de la emisión de la resolución solicitada;

Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto de administración interna que otorgue el carácter oficial a la citada actividad;

Con las visaciones del Viceministro (e) de Trabajo, del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, del Jefe de la Oficina General de Administración y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 25
de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2014-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar carácter oficial a la actividad denominada "GRAN FERIA DE PROMOCIÓN DE
LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y
TRABAJADORAS DEL HOGAR", a realizarse en la ciudad de Lima, el día 29 de marzo de 2015.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán cubiertos con recursos del presupuesto institucional, según detalle de la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 478.

Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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