3/24/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2015-EF/52 Aprueban los Convenios de Traspaso de Recursos a ser

Aprueban los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio y las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2015-EF/52 Lima, 23 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 330-2014-EF, se aprobó la operación de endeudamiento interno acordada entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por hasta por S/. 134 792 615,00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA
Aprueban los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio y las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2015-EF/52
Lima, 23 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 330-2014-EF, se aprobó la operación de endeudamiento interno acordada entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por hasta por S/. 134 792 615,00 (CIENTO
TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y
00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar los 28 (veintiocho) proyectos de inversión pública, los cuales se mencionan en el acotado Decreto Supremo; siendo las unidades ejecutoras de tales proyectos la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, la Municipalidad Distrital de Haquira, la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho y la Municipalidad Distrital de Cotabambas;

Que, el Artículo 5 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas, los recursos de la citada operación de endeudamiento interno, mediante Convenios de Traspaso de Recursos, a ser suscritos con cada una de dichas Municipalidades, los mismos que serán aprobados mediante Resolución Ministerial y en los que se establecerán, adicionalmente, los términos y condiciones referidos a la atención del respectivo servicio de la deuda;

Que, el Artículo 7 del indicado Decreto Supremo señala que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen la referida operación de endeudamiento interno y la operación de administración de deuda que se aprueban en los Artículos 1 y 2 del mencionado Decreto Supremo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, señala que los pagos a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos de deuda generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fideicomiso; estableciendo en dicha norma que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos se realice mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlo directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda;

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF y el Decreto Supremo N° 330-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébense los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas, mediante los cuales se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 330-2014-EF y del servicio de la deuda derivada de la misma.

El mecanismo de pago a cargo las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la citada operación de endeudamiento interno, será mediante asignaciones financieras a que se refiere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF
Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas los Convenios de Traspaso de Recursos que se aprueban en el artículo precedente, así como toda la documentación necesaria para su implementación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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