3/24/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2015-RE Disponen pasar a situación de retiro a Ministro en el Servicio

Disponen pasar a situación de retiro a Ministro en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2015-RE Lima, 23 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318, señalan que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier
Disponen pasar a situación de retiro a Ministro en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2015-RE
Lima, 23 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318, señalan que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero;

Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad se hará efectivo, de oficio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años de edad o 20 años en cualquier categoría, según lo establecido por la ley;

Que, el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Efraín Saavedra Barrera, cumplirá 70 años de edad el 26 de marzo de 2015, según se acredita con la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios;

De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.°
29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Pasar a la situación de retiro al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Efraín Saavedra Barrera, el 26 de marzo de 2015, por cumplir en la citada fecha los 70 años de edad.

Artículo 2. Dar las gracias al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Efraín Saavedra Barrera, por los importantes servicios prestados a la Nación.

Artículo 3. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores 1215683-10
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Brasil, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0204/RE-2015
Lima, 20 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, desde la creación del Foro América del Sur - África (ASA), el Perú ha mostrado una activa participación en las Cumbres ASA, celebradas en la República Federal de Nigeria (2006), en la República Bolivariana de Venezuela (2009) y en la República de Guinea Ecuatorial (2013);

Que, mediante Nota N° 021, la Embajada de la República Federativa del Brasil en el Perú ha efectuado una invitación para participar en el Seminario de Refiexión sobre el Foro ASA, a llevarse a cabo en la en la ciudad de Brasilia, del 26 al 27 de marzo de 2015;

Que, es uno de los objetivos específicos de la Política Exterior del Perú, la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, por lo que es conveniente concretar la participación peruana en el mencionado seminario, con la presencia del Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo;

Que, el Perú ha decidido fortalecer sus relaciones con el África, continente que viene adquiriendo progresivamente un mayor peso en la economía mundial y en los diversos foros internacionales, a fin de cumplir con los objetivos de desarrollo nacional e inclusión social;

T eniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N° 189
y N° 524, del Despacho Viceministerial, de 22 de enero y 3
de febrero de 2015, respectivamente; y los Memorandos (DAM) N° DAM0018/y DAM0046/2015, de la Dirección General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, de 14 de enero y 2 de febrero de 2015, respectivamente, y (OPR) N° OPR0075/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 13 de marzo de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10
de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Salinas Montes, Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 26 al 27 de marzo de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)
días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
N° de días Total Viáticos
US$
José Luis Salinas Montes 1 135,00 370,00 2+1 1 110,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.