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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 021-2015-OEFA/CD Establecen conformación de Salas Especializadas
4/30/2015
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 021-2015-OEFA/CD Establecen conformación de Salas Especializadas
Establecen conformación de Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 021-2015-OEFA/CD Lima, 28 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 021-2015-OEFA/CD
Lima, 28 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;
Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29325
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental dispone que el OEFA cuenta con un Tribunal de Fiscalización Ambiental que ejerce funciones como última instancia administrativa;
Que, los Numerales 10.2 y 10.4 del Artículo 10° de la Ley N° 29325 establecen que el Tribunal de Fiscalización Ambiental cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento se regulan mediante Resolución de Consejo Directivo, y que los vocales de las Salas Especializadas desempeñan el cargo a tiempo completo y a dedicación exclusiva;
Que, el Artículo 9° del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 032-2013-OEFA/ CD, establece que las Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA estarán conformadas por tres (3) vocales;
Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento antes mencionado dispone que los actuales vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental designados mediante las Resoluciones Supremas números 005-2011-MINAM y 007-2012-MINAM, respectivamente, continúan en el ejercicio de sus funciones bajo las condiciones en las que fueron elegidos, hasta el término del plazo que se establezca mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30011 - Ley que modifica la Ley N° 29325; asimismo, señala que los referidos vocales integrarán las Salas Especializadas correspondientes, estableciéndose mediante Resolución de Consejo Directivo la materia o materias que serán de su competencia;
Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 039-2014-OEFA/CD publicada el 28 de diciembre del 2014, se estableció la conformación de las Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA competentes en las materias de minería, energía, y pesquería e industria manufacturera, y se designó a los vocales que las integran;
Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2015-OEFA/CD publicada el 24 de abril del 2015, se designó a los señores Rafael Mauricio Ramírez Arroyo, César Abraham Neyra Cruzado y Sebastián Enrique Suito López como Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA;
Que, asimismo, mediante la Resolución de Consejo Directivo N°019-2015-OEFA/CD publicada el 11 de abril del 2015, se aceptó la renuncia formulada por el señor Francisco José Olano Martínez al cargo de Vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA;
Que, por otra parte, a través del Memorando N° 063-2015-OEFA/SG del 20 de enero del 2015, se autorizó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor Vocal Jaime Pedro de la Puente Parodi; en ese sentido, resulta necesario realizar una nueva conformación de las Salas Especializadas teniendo en cuenta la experiencia, especialización, perfil académico, competencias y trayectoria profesional de los Vocales;
Que, además, es necesario tener en cuenta el perfil profesional de los Vocales para garantizar que cada una de las Salas Especializadas se encuentre conformada por un equipo multidisciplinario, a fin de garantizar un adecuado análisis de los expedientes administrativos a su cargo;
Que, mediante el Acuerdo del Consejo Directivo N° 022-2015, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 013-2015
del 28 de abril del 2015, el Consejo Directivo aprobó la nueva conformación de las Salas Especializadas en Minería, Energía y Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva, a fin de asegurar su vigencia inmediata;
Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en los Literales n)
y t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- El Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) cuenta con tres (3) Salas Especializadas, cada una compuesta por tres (3) Vocales:
- Sala Especializada en Minería - Sala Especializada en Energía - Sala Especializada en Pesquería e Industria Manufacturera
Artículo 2°.- La Sala Especializada en Minería del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA estará integrada por los siguientes Vocales:
- Señor Héctor Chávarry Rojas - Señor Luis Eduardo Ramírez Patrón - Señor César Abraham Neyra Cruzado Artículo 3°.- La Sala Especializada en Energía del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA estará integrada por los siguientes Vocales:
- Señor Emilio José Medrano Sánchez - Señor Sebastián Enrique Suito López - Señor Humberto Ángel Zúñiga Schroder Artículo 4°.- La Sala Especializada en Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA estará integrada por los siguientes Vocales:
- Señor Luis Eduardo Ramírez Patrón - Señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo - Señor Humberto Ángel Zúñiga Schroder, en reemplazo del señor Jaime Pedro de la Puente Parodi por el tiempo que dure su licencia sin goce de haber Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
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