4/23/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0259-2015-IN Aprueban asignación financiera que se destinará para la

Aprueban asignación financiera que se destinará para la formulación de estudios de pre-inversión, ejecución de expedientes técnicos, obras y ejecución de proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0259-2015-IN Lima, 21 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 052-2011, se aprobó la creación del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos y programas orientados a combatir
Aprueban asignación financiera que se destinará para la formulación de estudios de pre-inversión, ejecución de expedientes técnicos, obras y ejecución de proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0259-2015-IN
Lima, 21 de abril de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 052-2011, se aprobó la creación del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos y programas orientados a combatir la inseguridad ciudadana;

Que, de conformidad con la Centésima Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la vigencia del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana es permanente;

Que, el artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 052-2011 señala que el Fondo Especial de Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2003-IN; asimismo, el artículo 4° del referido Decreto de Urgencia establece que el citado Comité de Administración está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante y el Ministro del Interior o su representante;
y cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior;

Que, el inciso b) del artículo 6° del referido Decreto de Urgencia indica que el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establecerá las entidades, finalidad y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, efectúe directamente la asignación financiera correspondiente;

Que, mediante el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se asignó en el presupuesto institucional del pliego Ministerio del Interior la suma de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados exclusivamente al financiamiento de acciones del Ministerio del Interior en el marco de los fines del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana;

Que, con Oficio N° 249-2015-IN-DM, del 13 de abril de 2015, el Ministerio del Interior en su calidad de Secretaría Técnica del Comité de Administración del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana solicitó al Presidente del referido Comité que se convoque a sesión a fin de que se evalúe la solicitud de aprobación de S/. 113 160 467,00 (ciento trece millones ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y siete con 00/100 Nuevos Soles) a ser destinados en la ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Escuelas Policiales, Comisarías de la Policía Nacional del Perú, Comunicaciones Policiales y Estudios de Pre-inversión, detallados en el Informe N° 000168-2015/IN/DGPP/DPI de la Dirección de Programación e Inversiones del Ministerio del Interior;

Que, mediante Acta de Sesión, del 15 de abril de 2015, el Comité de Administración del Fondo de Seguridad Ciudadana acordó, a propuesta del Ministerio del Interior, la asignación de recursos para la ejecución de estudios de pre-inversión y proyectos priorizados correspondientes al Año Fiscal por un monto de S/. 113 160 467,00 (ciento trece millones ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y siete con 00/100
Nuevos Soles), de acuerdo a las siguientes líneas de intervención:
a) Estudios de pre-inversión: Por un monto de S/. 1
000 000,00.
b) Comunicación Policial: Se ha priorizado cuatro (4) proyectos de Comunicaciones en las Regiones de Piura, Arequipa, Tumbes y Lambayeque, cuyo monto de inversión asciende a S/. 24 820 002,00.
c) Comisarías: Se ha considerado nueve (9) proyectos de Comisarías PNP en las Regiones de Pasco, Cuzco, Huánuco, Loreto y San Martín, cuyo monto de inversión asciende a S/. 13 187 993.
d) Escuelas Técnica Superior: Se ha priorizado cinco (5) Escuelas Policiales en las Regiones de Lima, Loreto, Cuzco, Junín y San Martin con una inversión de S/. 74 152
472,00.

Que, mediante Informe N° 000272-2015/IN/ DGPP/DPP, del 16 de abril de 2015, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto propone la aprobación de la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe de S/. 113 160 467,00 (ciento trece millones ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y siete con 00/100 Nuevos Soles), propuesta que ha sido convalidada por la Dirección General de Planificación y Presupuesto mediante Oficio N° 001031-2015/IN/ DGPP, del 17 de abril de 2015;

De conformidad con lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 052-2011, que crea el Fondo Especial de Seguridad Ciudadana; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación financiera a favor del Pliego 007: Ministerio del Interior de los recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana, por el importe de S/. 113 160 467,00 (ciento trece millones ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y siete con 00/100 Nuevos Soles).

Artículo 2.- Finalidad Los recursos se destinarán exclusivamente para la formulación de estudios de pre-inversión, ejecución de expedientes técnicos, obras y ejecución de proyectos señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos asignados no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales serán transferidos por el mérito de la presente Resolución.

Artículo 4.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE
Ministro del Interior

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