5/23/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2015-MEM/DM Autorizan transferencia financiera de recursos a favor

Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2015-MEM/DM Lima, 20 de mayo de 2015 VISTO: El Informe N° 046-2015-MEM-OGP/DIR de fecha 15 de Mayo de 2015, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2015-MEM/DM
Lima, 20 de mayo de 2015
VISTO: El Informe N° 046-2015-MEM-OGP/DIR de fecha 15 de Mayo de 2015, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal a) de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/. 3
000 000,00 (Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles);

Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;

Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales fueron transferidos;

Que, en virtud a las precitadas disposiciones y a efectos que los Gobiernos Regionales continúen en forma adecuada con el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, se ha suscrito en fecha 13 de Mayo de 2015, un Convenio de Cooperación y Gestión entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Lambayeque, con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Dirección Regional de Energía y Minas de Lambayeque, encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energética al Gobierno Regional;

Que, mediante el referido Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se comprometió a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional por un monto de hasta S/. 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Dirección Regional de Energía y Minas, encargada de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energética, a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, según lo señalado en el numeral 5.1. de la Cláusula Quinta y en el numeral 6.1
de la Cláusula Sexta del Convenio;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Lambayeque, mediante la correspondiente resolución del titular del pliego;

De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF;

Con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, con el Visto Bueno del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Lambayeque.

Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/. 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Gobierno Regional de Lambayeque, para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de su Dirección Regional de Energía y Minas, encargada de ejercer las competencias en materia minero – energética, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/.120 000.00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1° de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle:

A la Región Lambayeque : Organismo Público Pliego : N° 452 Gobierno Regional de Lambayeque Unidad Ejecutora : 001 Sede Central – Región Lambayeque Unidad Ejecutora SIAF : N° 0855
Entidad Bancaria : Banco de la Nación Cuenta Corriente : N° 231-201505
CCI : N° 018-231000-231-20150516
RUC : N° 20479569780
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Lambayeque correspondiente al año 2015.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas

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