6/06/2015

CIRCULAR N° AFP-149-2015 Actualizan códigos de operación vigentes

Actualizan códigos de operación vigentes CIRCULAR N° AFP-149-2015 Lima, 3 de junio de 2015 -----------------------------------Ref.: Actualiza códigos de operación vigentes -----------------------------------Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, y el artículo 96° del Título V
Actualizan códigos de operación vigentes
CIRCULAR N° AFP-149-2015
Lima, 3 de junio de 2015
-----------------------------------Ref.: Actualiza códigos de operación vigentes -----------------------------------Señor Gerente General:

Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, y el artículo 96° del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias de Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes, aprobado por Resolución N° 080-98-EF/SAFP y sus normas modificatorias, esta Superintendencia emite las siguientes disposiciones de carácter general, cuya publicación se dispone sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS:

1. Alcance La presente circular es de aplicación a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante AFP , y actualiza los códigos de operación que las AFP deben considerar para el registro de las operaciones que impliquen movimientos en el sistema de cuentas de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), de acuerdo a lo establecido en los artículos 95° y 96° del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Afiliación y Aportes, aprobado por Resolución N° 080-98-EF/SAFP y sus modificatorias.

2. Modificaciones a los códigos de operaciones vigentes Incorporar a las operaciones que conforman el grupo de Prestaciones registrados en el Fondo, los códigos de operación "91 Retiro Programado (Renta Combinada)" y "92 Renta Vitalicia (Renta Combinada)", en el Anexo N°1
de la Circular N° AFP-109-2010 y sus modificatorias, con el objetivo de identificar las operaciones vinculadas con la Renta Combinada, de que trata el artículo 39E° del Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP.

3. Anexo El anexo a que se refiere el numeral 2 de la presente circular se publica en el portal institucional ?ww.sbs.gob.
pe?, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

4. Vigencia La presente circular entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Atentamente,
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Organos Autonomos, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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