6/06/2015

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

Dejan sin efecto criterios de graduación aprobados mediante Resolución de Gerencia General N° 893-2008-OS/GG y su modificatoria, Resolución de Gerencia General N° 147-2009-OS/GG RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 86-2015-OS/GG Lima, 2 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 185-2008-OS/CD se aprobó la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la supervisión
Dejan sin efecto criterios de graduación aprobados mediante Resolución de Gerencia General N° 893-2008-OS/GG y su modificatoria, Resolución de Gerencia General N° 147-2009-OS/GG
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 86-2015-OS/GG
Lima, 2 de junio de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 185-2008-OS/CD se aprobó la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la supervisión y fiscalización de la actividad minera;

Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 893-2008-OS/GG, y su modificatoria, Resolución de Gerencia General N° 147-2009-OS/GG, se aprobaron los criterios específicos a considerar para efectos de la aplicación de la escala de multas y sanciones por infracciones generales, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo N° 185-2008-OS/CD;

Que, mediante Resolución N° 272-2012-OS/CD se aprobó el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de Osinergmin, en el cual, a través de su artículo 13°, se establecieron los criterios de graduación de las multas que corresponda imponer a los agentes supervisados, alineados a los previstos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, en el marco de la implementación del Plan Estratégico de Osinergmin, se viene realizando el diagnóstico de la efectividad del esquema sancionador vigente que incluye una revisión de los criterios de graduación de las sanciones, a fin de que éstas generen los incentivos adecuados en los agentes supervisados;

Que, en tal sentido, la determinación de sanciones de multa aplicables a las actividades mineras, conforme al principio de razonabilidad considerado en el artículo 230° inciso 3 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, no debe resultar más ventajosa para el infractor que cumplir con las normas establecidas, debiendo además ser aplicada de modo proporcional al incumplimiento calificado como infracción;

Que, en tal sentido, en tanto se concluya con el proceso de revisión antes mencionado, se dispone dejar sin efecto los criterios aprobados mediante Resolución de Gerencia General N° 893-2008-OS-GG, correspondiendo al órgano sancionador realizar la graduación debidamente motivada de las multas que corresponda imponer en cada procedimiento administrativo sancionador;

De conformidad con el numeral 4 del artículo 13° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de Osinergmin;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto los criterios de graduación aprobados mediante Resolución de Gerencia General N° 893-2008-OS/GG y su modificatoria, Resolución de Gerencia General N° 147-2009-OS/GG.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal del Estado Peruano y en portal electrónico institucional de Osinergmin.

Regístrese y comuníquese
JULIO SALVADOR JACOME
Gerente General
Organismos Reguladores, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria

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