6/13/2015

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 016-2015-PCM/SD Inscriben en el Registro de

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Lince de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 016-2015-PCM/SD Lima, 9 de junio de 2015 VISTOS: El Oficio N° 086-2015-MDL-SG, la Ordenanza Municipal N° 352-2015-MDL de fecha 30 de abril de 2015 de la Municipalidad Distrital de Lince, y el Informe N° 012-2015?PCM/SD-OGI-IJTY; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada
Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Lince de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 016-2015-PCM/SD
Lima, 9 de junio de 2015
VISTOS:

El Oficio N° 086-2015-MDL-SG, la Ordenanza Municipal N° 352-2015-MDL de fecha 30 de abril de 2015
de la Municipalidad Distrital de Lince, y el Informe N° 012-2015?PCM/SD-OGI-IJTY; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos;

Que, el numeral 14.1 del artículo 14° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación voluntaria de una municipalidad de una mancomunidad municipal: a) Opera con la ordenanza municipal de la municipalidad que se separa, b) No requiere aprobación del Consejo Directivo y c) Subsisten las obligaciones pendientes de cumplir por la municipalidad que se separa;

Que, el literal f) del artículo 5° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, señala que la separación es uno de los actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2013-PCM/SD, se dispuso la inscripción de separación de la Municipalidad Distrital de Mirafiores, en tanto que mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 042-2014-PCM/SD, se dispuso la inscripción de separación de la Municipalidad Distrital de San Miguel de la "Mancomunidad Municipal de Lima Centro". Por lo tanto esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de San Borja, Barranco, Jesús María, La Victoria, Lince, Pueblo Libre, San Isidro y Surquillo, en la provincia y departamento de Lima;

Que, mediante el Oficio de Vistos, la Municipalidad Distrital de Lince presenta copia certificada de la Ordenanza que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Lince de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro";

Que, por la Ordenanza Municipal N° 352-2015-MDL la Municipalidad Distrital de Lince aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro";

Que, acorde con el Informe N° 012-2015?PCM/SD-OGI-IJTY los documentos presentados para la inscripción del acto de separación cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14° del Reglamento de la Ley y en el artículo 5° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Lince de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro", en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de la Inscripción de Separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Lince de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro".

Artículo 2°.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro" está conformado como sigue:
- Presidente: Marco Antonio Álvarez Vargas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Borja.
- Director: Felipe Antonio Mezarina Tong, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Barranco.
- Director: Carlos Alberto Bringas Claeyssen, Alcalde la de la Municipalidad Distrital de Jesús María.
- Director: Elías Cuba Bautista, Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria.
- Director: Jhonel Jorge Leguía Jamis, Alcalde de la Municipalidad de Pueblo Libre.
- Director: Manuel Fernando Jorge Carlos Velarde Dellepiane, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Isidro.
- Director: José Luis Huamaní Gonzales, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo.

Artículo 3°.- Registro de Anexo Inscribir la ordenanza de la Municipalidad Distrital de Lince que aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Lima Centro", en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros

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