6/26/2015

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 163-2015/SUNAT Aprueban nueva versión del PDT IGV Renta Mensual –

Aprueban nueva versión del PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 621 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 163-2015/SUNAT Lima, 24 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que el numeral 88.1 del artículo 88° del Código Tributario, faculta a la administración tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligación de presentar la declaración tributaria por medios magnéticos y en las condiciones que indique para ello; Que la Resolución de Superintendencia N° 030-2015/ SUNAT aprobó, entre otros,
Aprueban nueva versión del PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 621
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 163-2015/SUNAT
Lima, 24 de junio de 2015
CONSIDERANDO:

Que el numeral 88.1 del artículo 88° del Código Tributario, faculta a la administración tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligación de presentar la declaración tributaria por medios magnéticos y en las condiciones que indique para ello;

Que la Resolución de Superintendencia N° 030-2015/ SUNAT aprobó, entre otros, el PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 0621 ? versión 5.2, a propósito de lo dispuesto en la décimo primera disposición complementaria final de la Ley N° 30296, Ley que promueve la reactivación de la economía, relativa a la determinación de los pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera categoría del ejercicio 2015;

Que la segunda disposición complementaria final del Decreto Supremo N° 088-2015-EF que modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF y normas modificatorias, prevé que para efectos de determinar los pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera categoría del ejercicio 2015, el coeficiente determinado de acuerdo a lo previsto en el inciso b) y, en su caso, en el numeral 2.1
del inciso h) del artículo 54° del citado reglamento, deberá ser multiplicado por 0,9333;

Que resulta necesario aprobar una nueva versión del PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 621;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario en la medida que su finalidad es aprobar una versión optimizada del referido PDT ;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 88.1 del artículo 88° del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N° 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Legislativo N° 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 11°
del Decreto Legislativo N° 501 y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014-SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN
DEL PDT IGV RENTA MENSUAL ? FORMULARIO
VIRTUAL N° 621
Apruébase la versión 5.3 del PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 621.

Artículo 2°.- OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN
DEL PDT IGV RENTA MENSUAL ? FORMULARIO
VIRTUAL N° 621
La nueva versión del PDT IGV Renta Mensual ?
Formulario Virtual N° 621 aprobada mediante la presente resolución, estará a disposición de los interesados a partir del 1 de julio de 2015, en SUNAT Virtual.

La SUNAT, a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT.

Artículo 3°.- USO DE LA NUEVA VERSIÓN DEL
PDT IGV RENTA MENSUAL ? FORMULARIO VIRTUAL
N° 621
El PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 621
? versión 5.3 debe ser utilizado a partir del 1 de julio de 2015, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

El PDT IGV Renta Mensual ? Formulario Virtual N° 621 ? versión 5.2 solo puede ser utilizado hasta el 30 de junio de 2015.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria

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