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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2015-MINAM Disponen la publicación del documen-to denominado
6/05/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2015-MINAM Disponen la publicación del documen-to denominado
Disponen la publicación del documen-to denominado "Construyendo parti-cipativamente la Contribución Nacio-nal", que contiene la propuesta de la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional en el ámbito de la Con-vención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2015-MINAM Lima, 4 de junio de 2015 Visto; el Memorando N° 339-2015-MINAM/DVMDERN de 02 de junio de 2015, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 106-2015-MINAM/DVMDERN/DGCCDRH
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2015-MINAM
Lima, 4 de junio de 2015
Visto; el Memorando N° 339-2015-MINAM/DVMDERN
de 02 de junio de 2015, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 106-2015-MINAM/DVMDERN/DGCCDRH de 01 de junio de 2015, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos; y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú adoptó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), acogida en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y suscrita por el Perú en Río de Janeiro el 12 de junio de 1992, la cual tiene como objetivo lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias peligrosas en el sistema climático;
Que, en la Décimo Séptima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se llevó a cabo en Durban, República de Sudáfrica en diciembre del 2011, los Estados Partes acordaron negociar y adoptar para el año un nuevo instrumento jurídico, para lo cual se estableció la Plataforma de Durban para una Acción Reforzada (ADP, por sus siglas en inglés);
Que, en la Décimo Novena Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se llevó a cabo en Varsovia, República de Polonia en noviembre del 2013, los Estados Partes acordaron iniciar o intensificar la preparación de sus Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional (iNDC, por sus siglas en inglés) a ser entregadas en el primer trimestre del por los países desarrollados y por los países en desarrollo que estén listos para hacerlo;
Que, en la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se llevó a cabo en Lima, Perú, en diciembre de 2014, se ratificó el plazo de presentación de las iNDC y se estableció la preparación de un reporte de síntesis del efecto agregado de las iNDC a ser comunicadas por las Partes hasta el 01 de octubre del 2015;
Que, el compromiso del Estado Peruano es identificar y comunicar las contribuciones nacionales de acuerdo con sus objetivos y capacidades, es decir, las acciones previstas orientadas a la reducción de gases de efecto invernadero (GEI) en el marco de la mencionada Convención;
Que, la presentación de la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional nos permitirá cumplir con las decisiones adoptadas a nivel internacional dentro de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, mostrando al Perú como un país comprometido con los esfuerzos globales de reducción de GEI, coadyuvando a aumentar nuestra competitividad y sostenibilidad económica sentando las bases hacia un crecimiento inclusivo bajo en carbono;
Que, en este contexto, mediante Resolución Suprema N° 129-2015-PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de las Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la cual está adscrita al Ministerio del Ambiente y representada por doce Ministerios, la que de manera concurrente viene evaluando los diversos escenarios planteados en el documento que se somete a consulta ciudadana;
Que, el Ministerio del Ambiente en la sesión de la Comisión Multisectorial realizada el 28 de mayo de 2015, informó que presentará a la citada Comisión la propuesta preliminar de la "Contribución Prevista y Determinad a Nivel Nacional", la misma que previamente será puesta en conocimiento del público a través del Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, para recibir opiniones y sugerencias de todos los actores de la sociedad civil, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y, la Resolución Suprema N° 129-2015-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del documento denominado "Construyendo participativamente la Contribución Nacional", que contiene la propuesta de la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional (iNDC, por sus siglas en inglés) en el ámbito de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Apruébese el Plan de Consulta Pública del documento "Construyendo participativamente la Contribución Nacional", que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Los Anexos 1 y 2 de la presente resolución serán publicados en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/ indcs/).
Artículo 4.- Las opiniones y sugerencias a la propuesta señalada en el artículo 1 de la presente resolución, deberán ser remitidas hasta el 17 de julio de 2015, a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 129-2015-PCM, a través del Portal Web http://www.minam.gob.pe/indcs/.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
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