8/29/2015

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 178-2015-PROMPERU/SG Aprueban la Carta de Servicios de PROMPERU

Aprueban la Carta de Servicios de PROMPERU RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 178-2015-PROMPERU/SG Lima, 26 de agosto de 2015 Visto, el Informe Nº 016-2015-PROMPERU/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nro. 082-2010-PROMPERU/SG y modificatorias se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERU como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERU, así como las condiciones y
Aprueban la Carta de Servicios de PROMPERU
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 178-2015-PROMPERU/SG
Lima, 26 de agosto de 2015
Visto, el Informe Nº 016-2015-PROMPERU/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución de Secretaría General Nro.
082-2010-PROMPERU/SG y modificatorias se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERU como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERU, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta en los servicios que corresponden;

Que, en el marco del proceso de revisión y actualización de la Carta de Servicios de PROMPERU, de la sección correspondiente a la Dirección de Promoción de las Exportaciones; se ha contemplado realizar a propuesta de dicha Dirección, los siguientes cambios:
a) Revisión y actualización del alcance, requisitos, condiciones y precios de venta para el acceso a cada servicio; b) Integración de la Carta de Servicios y la Política de Descuentos en un único documento; y c)
Revisión y simplificación del formato para la inscripción en determinados servicios de la Dirección de Promoción de las Exportaciones comprendidos en la Carta de Servicios de PROMPERU vigente;

Que, producto de la integración de la Política de descuentos y la Carta de Servicios señalada en el considerando precedente, resulta necesario dejar sin efecto aquellos numerales de la Política de Descuentos para la comercialización de servicios comprendidos en la Carta de Servicios de PROMPERU referidos a los servicios de la Dirección de Promoción de las Exportaciones;

Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala en su Artículo 37 que "para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento";

Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, según el literal b del artículo 13º de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERU, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada;

Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, modificada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año fiscal 2014, la Secretaria General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal;

Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la modificación de la sección correspondiente a la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Carta de Servicios de PROMPERU y los formatos aplicables a tales servicios;

De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERU;

Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, la Subdirección de Desarrollo Exportador, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Carta de Servicios de PROMPERU que en el Anexo Nº 1, en treinta (30) folios, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- Aprobar los formatos que a continuación se detallan y que en el Anexo Nº 2, en catorce (14) folios, forma parte de la presente Resolución:
a) FO-PRO-043: Solicitud de Participación en el Programa de Mercados Externos - PROMEX (Versión 01).
b) FO-CAP-032: Solicitud de Inscripción en el Programa de Planes de Negocios de Exportación -
PLANEX (Versión 01).
c) FO-CAP-021: Solicitud de Inscripción en Programas de Gestión de Calidad (Versión 01).
d) FO-CAP-013: Solicitud de Inscripción en Programas Especializados ADOC (Versión 01).

Artículo 3º.- Derogar los formatos: FO-SDPC-DPE-001: Formato de Inscripción Programa de Mercados Externos - PROMEX (Versión 01), FO-SDPC-DPE-002:

Contrato de Participación Programa de Mercados Externos - PROMEX (Versión 01) y FO-SDPC-DPE-003:

Formato de Carta de Intención Programa de Mercados Externos - PROMEX (Versión 01), aprobados mediante el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 082-2010-PROMPERU/SG.

Artículo 4º.- Derogar los formatos: FO-SDSAE-DPE-005: Formato de Inscripción Plan de Negocios de Exportación - PLANEX (Versión 01) y FO-SDSAE-DPE-005: Formato de Datos Personales de los Participantes Plan de Negocios de Exportación - PLANEX (Versión 01), aprobados mediante el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 082-2010-PROMPERU/SG.

Artículo 5º.- Derogar los formatos: CAP-021: Solicitud de Inscripción Programa Exporta Perú - BPMM (Versión 02) y CAP-022: Formato de Carta de Compromiso Programa Exporta Perú - BPMM (Versión 01) del Procedimiento de Desarrollo de Programas de Buenas 560365 NORMAS LEGALES
Sábado 29 de agosto de 2015
El Peruano / Prácticas de Mercadeo y Manufacturas BPMN (Versión 01), aprobados mediante el artículo 5º de la Resolución de Secretaría General Nº 059-2012-PROMPERU/SG y el artículo 1º de la Resolución de Secretaría General Nº 105-2011-PROMPERU/SG respectivamente.

Artículo 6º.- Derogar el formato CAP-013: Ficha de Inscripción Programas y Talleres Especializados ADOC (Versión 01) del Procedimiento de Desarrollo de Programas y Talleres Especializados ADOC (Versión 01), aprobados mediante el artículo 1º de la Resolución de Secretaría General Nº 105-2011-PROMPERU/SG.

Artículo 7º.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2016, la aplicación de los descuentos establecidos en la sección correspondiente a la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Carta de Servicios de PROMPERU, para los siguientes servicios:
a) Servicio Nº 5: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones y b) Servicio Nº 6: Participación en Ruedas de Negocios Los descuentos establecidos en el artículo 2 de la Resolución de Secretaría General Nº 148-2015-PROMPERU/SG, mantendrán su plena vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015.

Artículo 8º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación.

Artículo 9º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERU, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)

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