8/20/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 496-2015/MINSA 559565 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2015 El

559565 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2015 El Peruano / 559566 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2015 / El Peruano Modifican conformación de la Comisión Sectorial encargada de implementar "Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú" denominado "Plan Esperanza" aprobado por D.S Nº 009-2012-SA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 496-2015/MINSA Lima, 17 de agosto del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-026360-001, que contiene el Informe Nº
559565 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2015 El Peruano / 559566 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2015 / El Peruano Modifican conformación de la Comisión Sectorial encargada de implementar "Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú" denominado "Plan Esperanza" aprobado por D.S Nº 009-2012-SA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 496-2015/MINSA
Lima, 17 de agosto del 2015
Visto, el Expediente Nº 15-026360-001, que contiene el Informe Nº 001-2015-CS-RM Nº 420-2014/MINSA y la Nota Informativa Nº 245-2015-GADM-CMC/MINSA, de la Presidenta de la Comisión Sectorial conformada por Resolución Ministerial Nº 124-2013/MINSA;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud dispone que la protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 y el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establecen que el Ministerio de Salud es competente en Salud de las Personas y tiene como función rectora formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, por Decreto Supremo Nº 009-2012-SA, se declaró de interés nacional la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú, aprobándose el Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú, denominado "Plan Esperanza";

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 124-2013/MINSA, rectificada por Resolución Ministerial Nº 215-2013/MINSA, se conformó la Comisión Sectorial encargada de implementar el "Plan Nacional de Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú - Plan Esperanza", cuya Secretaría Técnica recae en la Dirección General de Salud de las Personas, otorgándole un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, para concluir con el encargo encomendado;

Que, por Resolución Ministerial Nº 420-2014/MINSA, se concedió a la precitada Comisión Sectorial una prórroga de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, con eficacia anticipada al 14 de marzo de 2014;

Que, con documento del visto, la Presidenta de la Comisión Sectorial conformada por Resolución Ministerial Nº 124-2013/MINSA, ha solicitado la ampliación del plazo de vigencia de la citada Comisión Sectorial por el lapso de un (1) año, con eficacia anticipada al 15 de marzo de 2015;

Que, atendiendo a lo señalado precedentemente, resulta conveniente conceder el plazo adicional solicitado, así como modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 124-2013/MINSA;

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 124-2013/MINSA, rectificada con Resolución Ministerial Nº 215-2013/MINSA, que quedarán redactados de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Conformación de la Comisión Sectorial Conformar la Comisión Sectorial encargada de implementar el "Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú", denominado "Plan Esperanza", aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2012-SA.

Artículo 2.- De los integrantes que conforman la Comisión Sectorial Un representante de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, quien la preside.

Un representante del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, quien asume la Secretaría Técnica.

Un representante del Instituto Nacional de Salud.

Un representante del Seguro Integral de Salud.

Un representante de la Dirección General de Epidemiologia.

Un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud.

Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas.

Un representante de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos.

Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

La Comisión Sectorial podrá invitar a especialistas a participar en las propuestas y mecanismos para la mejor implementación y organización del "Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú" denominado "Plan Esperanza".

Artículo 2.- Conceder a la Comisión Sectorial encargada de implementar el "Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú" denominado "Plan Esperanza", la prórroga de un (1) año con eficacia anticipada al 15 de marzo de 2015.

Artículo 3.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial
Nº 124-2013/MINSA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

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