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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 121-2015-SERFOR/DE Aprueban Formato de Solicitud con carácter
10/06/2015
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 121-2015-SERFOR/DE Aprueban Formato de Solicitud con carácter
Aprueban Formato de Solicitud con carácter de declaración jurada y Formato de Currículum Vitae documentado, para el otorgamiento de la Licencia para el ejercicio de la Regencia Forestal y/o de Fauna Silvestre RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 121-2015-SERFOR/DE Lima, 5 de octubre de 2015 VISTO: El Informe Técnico Nº 173-2015-SERFOR-DGPCFFS/ DPR de fecha 2 de octubre de 2015 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 121-2015-SERFOR/DE
Lima, 5 de octubre de 2015
VISTO:
El Informe Técnico Nº 173-2015-SERFOR-DGPCFFS/ DPR de fecha 2 de octubre de 2015 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre;
y el Informe Legal Nº 267-2015-SERFOR-OGAJ de fecha 2 de octubre de 2015 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, y se constituye en su autoridad técnico normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito;
Que, de conformidad con el literal c) del artículo 14 de la Ley Nº 29763 es función del SERFOR emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;
Que, el artículo 23 de la Ley antes mencionada establece que el regente forestal y de fauna silvestre es la persona natural con formación y experiencia profesional en el área que requiere ser regentada e inscrita en el Registro Nacional de Regentes Forestales y de Fauna Silvestre, que formula y suscribe los planes de manejo forestal o de fauna silvestre; siendo responsable de dirigir las actividades en aplicación del plan de manejo aprobado, para garantizar la sostenibilidad del recurso forestal, y es responsable solidario de la veracidad del contenido del plan de manejo y de su implementación, así como de la correcta emisión de las guías de transporte forestal, conjuntamente con el titular del título habilitante;
Que, el artículo 47 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018 -2015- MINAGRI, el artículo 21 del Reglamento para la Gestión de la Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, el artículo 30 del Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI y el artículo 37 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, establecen que la regencia es una licencia otorgada por el SERFOR y disponen, entre otros, que el SERFOR dicta los lineamientos para la implementación del Registro 563407 NORMAS LEGALES
Martes 6 de octubre de 2015
El Peruano / Nacional de Regentes Forestales y de Fauna Silvestre, el otorgamiento de la licencia correspondiente, así como otros relacionados al desarrollo de la regencia;
Que, asimismo, los Anexos de los citados reglamentos en donde se detallan los requisitos exigibles a los administrados para la obtención de los derechos solicitados conforme a la Ley Nº 29763 y a sus reglamentos, señalan que para la obtención o renovación de la licencia para ejercer la regencia es necesaria la presentación, entre otros, de una solicitud con carácter de declaración jurada dirigida a la autoridad competente, según formato; así como del Currículum Vitae documentado que acredite experiencia profesional mínima de tres años en el área de la categoría de regencia a la cual postula, documento último cuyo formato es necesario regular, a efectos que la autoridad competente pueda evaluar y resolver, en base a criterios de simplicidad, uniformidad y eficacia administrativa;
Que, mediante el Informe Técnico Nº 173-2015-SERFOR-DGPCFFS/DPR la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, recomienda la aprobación de los formatos de solicitud y Currículum Vitae exigible como requisito para el otorgamiento de la Licencia de Regencia Forestal y/o de Fauna Silvestre, los mismos que resultan coherentes con la legislación vigente, de acuerdo al Informe Legal Nº 267-2015-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos aprobados por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI y Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Formato de Solicitud con carácter de declaración jurada, para el otorgamiento de la Licencia para el ejercicio de la Regencia Forestal y/o de Fauna Silvestre, que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Aprobar el Formato de Currículum Vitae documentado para el otorgamiento de la Licencia para el ejercicio de la Regencia Forestal y/o de Fauna Silvestre, que como Anexo Nº 2 forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. La resolución y sus anexos serán publicados, asimismo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
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