10/17/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 216-2015-MIDIS Modifican la R.M. N° 260-2014-MIDIS

Modifican la R.M. Nº 260-2014-MIDIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2015-MIDIS Lima, 14 de octubre de 2015 VISTOS: Los Oficios Nº 789 y 1147-2015-MIDIS-FONCODES/ DE, y su documentación adjunta, emitida por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el Memorando Nº 499-2015-MIDIS/VMPS, emitido por el Viceministerio de Prestaciones Sociales, el Informe Nº 465-2015-MIDIS/VMPS/DGDCPS, emitido por la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, y
Modifican la R.M. Nº 260-2014-MIDIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2015-MIDIS
Lima, 14 de octubre de 2015
VISTOS:

Los Oficios Nº 789 y 1147-2015-MIDIS-FONCODES/ DE, y su documentación adjunta, emitida por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el Memorando Nº 499-2015-MIDIS/VMPS, emitido por el Viceministerio de Prestaciones Sociales, el Informe Nº 465-2015-MIDIS/VMPS/DGDCPS, emitido por la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, y el Informe Nº 648-2015-MIDIS/SG/ OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, dispuso la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual operó a partir del 1 de enero de 2012;

Que, el numeral 13.4 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 004-2014, dispuso que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, determine el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, modificada por la Resolución Ministerial Nº 271-2014-MIDIS, se reguló la conformación y representatividad de los Núcleos Ejecutores, y los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores de alcance departamental;

Que, mediante los Oficios Nº 789 y 1147-2015-MIDIS-FONCODES/DE, e Informes Nº 123 y 160-2015-MIDIS/ FONCODES/UPP, FONCODES sustenta la necesidad de modificar el numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 271-2014-MIDIS, referido al porcentaje de los recursos transferidos a cada Núcleo Ejecutor de alcance departamental, destinados para gastos de gestión de dicho Núcleo Ejecutor, necesarios para su operatividad;

Que, asimismo, conforme a lo señalado por la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, a través del Informe Nº 465-2015-MIDIS/ VMPS/DGDCPS, resulta necesaria la modificación del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 271-2014-MIDIS, tomando en cuenta los conceptos de accesibilidad y los gastos fijos en los que se debe incurrir independientemente del monto asignado a cada Núcleo Ejecutor de alcance departamental;

Que, en dicho contexto, corresponde modificar el numeral indicado en el considerando anterior, conforme a los documentos de Vistos;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General, de la Dirección de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con los dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Incorporación del segundo y tercer párrafo al numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS
Incorpórese el segundo y tercer párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, con el texto siguiente:

563954 NORMAS LEGALES
Sábado 17 de octubre de 2015 / El Peruano "2.6 (...)
En el supuesto que el Núcleo Ejecutor requiera de un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior, podrá solicitar su incremento, teniendo en consideración los siguientes topes:
- Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Amazonas, Ancash Cajamarca, Cusco y Puno, hasta el 2%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, La Libertad y Piura, hasta el 3% , - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Loreto, Pasco y San Martín, hasta el 4%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Ucayali, hasta el 5%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Madre de Dios, hasta el 9%.

El incremento del porcentaje se autoriza mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva de FONCODES".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PAOLA BUSTAMANTE SUAREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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