12/22/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 257-2015-TR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2015-TR Lima, 21 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe Nº 213-2015-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando Nº 1214-2015-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe Nº 447-2015-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2015-TR
Lima, 21 de diciembre de 2015
VISTOS: El Informe Nº 213-2015-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando Nº 1214-2015-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación;
el Informe Nº 447-2015-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio Nº 965-2015-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Oficio Nº 1160-2015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 2453-2015-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema;
Que, a través del literal a) del numeral 12.1 y el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 092-2015-TP/DE, se aprobó el financiamiento por la suma de S/.
1 882 695.97 (Un Millón Ochocientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 97/100 Soles)
correspondiente al Aporte Total del Programa para 21
569270 NORMAS LEGALES
Martes 22 de diciembre de 2015 / El Peruano proyectos de la Acción de Contingencia Inclusiva (COIN)
AC - 72 a favor de organismos públicos detallados en el anexo de la citada Resolución;
Que, con Memorando Nº 1214-2015-TP/DE/ UGPPME-CFPP, de fecha 25 de noviembre de 2015, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación otorga la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP Nº 0904-2015 por la suma total de S/. 1 590 794.16 (Un Millón Quinientos Noventa Mil Setecientos Noventa y Cuatro con 16/100 Soles) para el financiamiento de los citados proyectos, en el marco de la Acción de Contingencia Inclusiva (COIN) AC - 72;
Que, con Informe Nº 213-2015-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP , la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa manifiesta que de acuerdo al "Cronograma de Actividades para Proyectos de Acción de Contingencia Inclusiva (COIN)" se verifica que en la etapa denominada "Respuesta del Organismo Proponente confirmando la continuidad de las demás actividades y/o de ser el caso del desistimiento", los organismos proponentes solo confirmaron su participación de 18
proyectos;
Que, asimismo, el referido informe señala que en la etapa de "Evaluación y Aprobación de los Expedientes Técnicos", 18 expedientes técnicos se encuentran conformes; no obstante solo se han remitido 17 convenios suscritos, que comprenden a las Unidades Zonales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima Sur - Este, Loreto, Puquio, San Martín y Satipo, con un aporte total de S/. 1 530 561,11 (Un Millón Quinientos Treinta Mil Quinientos Sesenta y Uno con 11/100 Soles); por lo que, solicita realizar el trámite de la resolución que aprueba la transferencia financiera para dichos convenios;
Que, mediante Informe Nº 447-2015-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia financiera por S/. 1 530 561,11 (Un Millón Quinientos Treinta Mil Quinientos Sesenta y Uno con 11/100 Soles), parafinanciar diecisiete (17) convenios en el marco de los proyectos de la Acción de Contingencia Inclusiva (COIN)
AC-72;
Que mediante Oficio Nº 1160-2015-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Nº 678-2015-MTPE/4/9.2 e Informe Nº 389-2015-MTPE/4/9.1, emitidos por la Oficina de Presupuesto y Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial, los mismos que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, hace suyos;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 2453-2015-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;
Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR;
y el artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de diecisiete (17) convenios en el marco de la Acción de Contingencia Inclusiva (COIN) AC-72, por la suma total de S/. 1 530 561,11 (Un Millón Quinientos Treinta Mil Quinientos Sesenta y Uno con 11/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
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