1/17/2016

DECRETO SUPREMO N° 006-2016-RE Ratifican el "Tratado entre la República del Perú y el Reino de

Ratifican el "Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales" DECRETO SUPREMO Nº 006-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales" suscrito el 05 de octubre de 2013 en la ciudad de Bangkok, Reino de T ailandia, fue aprobado por Resolución Legislativa
Ratifican el "Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales"
DECRETO SUPREMO Nº 006-2016-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el "Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales"
suscrito el 05 de octubre de 2013 en la ciudad de Bangkok, Reino de T ailandia, fue aprobado por Resolución Legislativa Nº 30409, del 08 de enero de 2016;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el "Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales", suscrito el 05 de octubre de 2013, en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, y aprobado por Resolución Legislativa Nº 30409, del 08 de enero de 2016.

Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del Tratado, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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