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RESOLUCIÓN N° 029-2016-OSCE/PRE Delegan diversas facultades y atribuciones en materia presupuestal

Delegan diversas facultades y atribuciones en materia presupuestal a la Secretaria General del OSCE para el año fiscal 2016 RESOLUCIÓN Nº 029-2016-OSCE/PRE Jesús María, 19 de enero de 2016 VISTOS: El Informe Nº 064-2015/OPD, de la Oficina de Planeamiento y Desarro/lo, y el Informe Nº 005-2016/ OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Único Ordenado - TUO ha sido aprobado por Decreto
Delegan diversas facultades y atribuciones en materia presupuestal a la Secretaria General del OSCE para el año fiscal 2016
RESOLUCIÓN Nº 029-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 19 de enero de 2016
VISTOS:

El Informe Nº 064-2015/OPD, de la Oficina de Planeamiento y Desarro/lo, y el Informe Nº 005-2016/ OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Único Ordenado - TUO ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del TUO de la Ley Nº 28411, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, de acuerdo con el numeral 71.2 del artículo 71º del TUO de la Ley Nº 28411, el presupuesto se articula con el Plan Estratégico de la entidad, desde una perspectiva de mediano plazo a través del Plan Operativo Institucional, en aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40º del TUO de la Ley Nº 28411, prevé que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad;
pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, mediante disposición expresa, que deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 15.1 del artículo 15º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF-76.01
señala que las modificaciones presupuestarias que se aprueben en el Nivel Funcional Programático, conllevan al incremento o a la disminución de la cantidad de las metas presupuestarias aprobadas en el presupuesto institucional del pliego o a la creación de nuevas metas presupuestarias;

Que, el artículo 54º de la Ley Nº30225, Ley de Contrataciones del Estado señala que el Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), es la máxima autoridad ejecutiva, titular del Pliego y representante legal de la Entidad;

Que, el literal w) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado medíante Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10 y modificado mediante Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, establece que el Presidente Ejecutivo puede delegar total o parcialmente las atribuciones que le correspondan, con excepción de las señaladas por Ley;

Que, la Secretaría General es el máximo órgano administrativo, encargado de la coordinación entre la 576024 NORMAS LEGALES
Jueves 21 de enero de 2016 / El Peruano Presidencia Ejecutiva y los órganos de asesoramiento y apoyo del OSCE, así como con las entidades e instituciones nacionales e internacionales, conforme a lo establecido en el artículo 12º del citado Reglamento de Organización y Funciones;

Que, mediante la Ley Nº 30372 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y mediante Resolución Nº 439-2015-OSCE/PRE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del OSCE para dicho año fiscal;

Que, con el fin de facilitar la ejecución del proceso presupuestario del Pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado durante el ejercicio fiscal 2016, asegurar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario y promover la adecuada gestión institucional, resulta conveniente delegar determinadas facultades y atribuciones de carácter presupuestal;

Con la visación de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10 y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, para el año fiscal 2016, las siguientes facultades y atribuciones en materia presupuestal:
• Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funciona! Programático que correspondan al Titular del Pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.
• Aprobar las modificaciones del Plan Operativo Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, siguiendo los procedimientos establecidos que correspondan.
• Aprobar Directivas en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto.

Artículo 2º.- La delegación de facultades y atribuciones a que se refiere la presente resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Articulo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva

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