2/10/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0035-2016-MINAGRI Conforman el Comité y el Equipo de Gestión por Procesos

Conforman el Comité y el Equipo de Gestión por Procesos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0035-2016-MINAGRI Lima, 8 de febrero de 2016 VISTO: El Oficio Nº 091-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, de fecha 15 de enero de 2016, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre conformación del Comité de Gestión por Procesos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de
Conforman el Comité y el Equipo de Gestión por Procesos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0035-2016-MINAGRI
Lima, 8 de febrero de 2016
VISTO:

El Oficio Nº 091-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, de fecha 15 de enero de 2016, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre conformación del Comité de Gestión por Procesos; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, establece que la gestión pública moderna es una gestión orientada a resultados, entendiéndose por esta a una gestión en la que los funcionarios públicos se preocupan por entender las necesidades de los ciudadanos y organizan tanto los procesos operativos o misionales como los de apoyo o soporte, con el fin de transformar los insumos en bienes y servicios que arrojen como resultado la mayor satisfacción de los ciudadanos, garantizando sus derechos y al menor costo posible;

Que, bajo este marco normativo, la gestión por procesos constituye una efectiva estrategia de gestión, porque fortalece la capacidad para lograr resultados superando las barreras de una estructura organizacional de tipo funcional, que debe vincularse con los fines institucionales y orientarse a servir al ciudadano;

Que, para tal efecto, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha desarrollado instrumentos metodológicos para la implementación de la Gestión por Procesos en las entidades de la Administración Pública, los mismos que servirán de apoyo a las entidades que se encuentran en proceso de implementación de la Reforma del Servicio Civil, tales como los Lineamientos y la Metodología para la implementación de la Gestión por Procesos, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM;

Que, mediante el documento de Visto, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico Nº 005-2016-MINAGRI-ODOM/OGPP, de su Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, con el que sustenta la necesidad de conformar un Comité de Gestión por Procesos dentro del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, en dicho contexto, es necesario conformar un Comité de Gestión por Procesos dentro del Ministerio de Agricultura y Riego, como instancia política responsable de las acciones de modernización e implementación de la Gestión por Procesos dentro de la entidad;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformación del Comité de Gestión por Procesos Conformar el Comité de Gestión por Procesos dentro del Ministerio de Agricultura y Riego, como instancia política para la puesta en marcha de las acciones de modernización e implementación de la Gestión por Procesos dentro de la entidad; el cual estará integrado por:
− El/la Secretario(a) General, quien lo presidirá.
− Un(a) representante del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias.
− El/la Director(a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, teniendo como alterno al/a la Director(a) de la Oficina de Planeamiento.
− El/la Director(a) General de la Dirección General de Políticas Agrarias, teniendo como alterno al/a Director(a) de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria.
− El/la Director(a) General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, teniendo como alterno al/a Director(a) de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas.
− El/la Director(a) de la Oficina de Tecnología de la Información.

Artículo 2.- Secretaría Técnica La Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, actuará como Secretaría Técnica del Comité de Gestión por Procesos.

Artículo 3.- Equipo de Gestión por Procesos Conformar el Equipo de Gestión por Procesos del Ministerio de Agricultura y Riego, responsable de gestionar las acciones de modernización e implementación de la Gestión por Procesos, conforme a lo establecido en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, el cual estará integrado por:
− El/la Director(a) de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Responsable del Equipo.
− Un(a) representante de la Secretaría General.
− Un(a) representante de la Dirección General de Políticas Agrarias.
− Un(a) representante de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas.
− Un(a) representante de la Oficina de Tecnología de la Información.

El Equipo de Gestión por Procesos del Ministerio de Agricultura y Riego, podrá incorporar de manera temporal a los representantes de los diferentes órganos y/o unidades orgánicas del Ministerio, designándolos conforme se señala en el artículo siguiente.

Artículo 4.- Designación de representantes En un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de notificada la presente Resolución, cada órgano y/o unidad orgánica del Ministerio designará mediante comunicación escrita a un representante encargado de coordinar sus procesos y brindar el apoyo que el Equipo de Gestión por Procesos requiera para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución a todos los órganos y/o unidades orgánicas del Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.go.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

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