3/08/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2016-MIDIS Aprueban Manual denominado "Metodología para la

Aprueban Manual denominado "Metodología para la Reevaluación de la Clasificación Socioeconómica" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2016-MIDIS Lima, 7 de marzo de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 018-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº 014-2016-MIDIS/VMPES/DGGU, emitido por la Dirección General de Gestión de Usuarios; el Informe Nº 87-2016-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº
Aprueban Manual denominado "Metodología para la Reevaluación de la Clasificación Socioeconómica"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2016-MIDIS
Lima, 7 de marzo de 2016
VISTOS:

El Memorando Nº 018-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº 014-2016-MIDIS/VMPES/DGGU, emitido por la Dirección General de Gestión de Usuarios;
el Informe Nº 87-2016-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 008-2016-MIDIS-VMPES/DGGU-DO, emitido por la Dirección de Operaciones;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, el artículo 9 de la Ley Nº 29792 dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social desarrolla como función exclusiva el diseño y gestión de los registros y base de datos de los programas sociales, de identificación, selección y registro de beneficiarios y otros registros que se creen;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 399-2004-PCM se creó el Sistema de Focalización de Hogares -
SISFOH, con el propósito de proveer información a los programas sociales para la identificación y selección de sus beneficiarios;

Que, el artículo 26 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispuso que la UCF, a cargo de la operación del SISFOH, se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente, correspondiéndole a dicha unidad, generar y administrar la información del Padrón General de Hogares (PGH) bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad, así como certificar la Clasificación Socioeconómica de los potenciales usuarios ante los agentes responsables de la administración de los programas sociales y de subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización individual;

Que, según el citado artículo, compete al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social dictar los lineamientos, criterios, reglas y procedimientos para la focalización individual que contribuya a mejorar la equidad y eficiencia en la asignación de los recursos públicos en beneficio de aquellos grupos poblacionales priorizados;

Que, bajo ese marco normativo, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2015-MIDIS, se aprueba la "Metodología para la Determinación de la Clasificación Socioeconómica", cuyo artículo 3 dispone que dicha Metodología es aplicable a las solicitudes de Clasificación Socioeconómica, de actualización de Clasificación Socioeconómica y de reevaluación;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 257-2015-MIDIS, se aprobó la Directiva Nº 012-2015-MIDIS, "Directiva que regula la Operatividad del Sistema de Focalización de Hogares";

Que, en el marco de las funciones previstas en el artículo 50 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, la Dirección de Operaciones ha propuesto una Metodología aplicable a las reevaluaciones de Clasificación Socioeconómica, con el objeto de establecer un mecanismo técnico que permita evaluar las posibles fuentes de discrepancia entre los resultados de la Clasificación Socioeconómica y la realidad socioeconómica percibida por los diversos agentes involucrados, la estimación de los cambios de las características socioeconómicas según la Encuesta Nacional de Hogares y la ampliación del uso de las estimaciones de la probabilidad de la predicción de la pobreza aplicadas en la Metodología para la Determinación de la Clasificación Socioeconómica;

Que, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Operaciones, mediante Informe Nº 008-2016-MIDIS-VMPES/DGGU-DO, la referida metodología debe aplicarse únicamente a las nuevas reevaluaciones de Clasificación Socioeconómica, y a todas aquellas que se encuentran en trámite;

580087 NORMAS LEGALES
Martes 8 de marzo de 2016
El Peruano / Que, atendiendo a las competencias y funciones establecidas en las normas antes reseñadas, y contándose con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, y la Dirección General de Gestión de Usuarios, se considera pertinente aprobar el Manual denominado "Metodología para la Reevaluación de la Clasificación Socioeconómica", propuesto por la Dirección de Operaciones;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual denominado "Metodología para la Reevaluación de la Clasificación Socioeconómica", cuyo texto, en anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que el Manual denominado "Metodología para la Reevaluación de la Clasificación Socioeconómica" sea de aplicación únicamente para las nuevas reevaluaciones de Clasificación Socioeconómica, así como a aquellas que se encuentren en trámite.

Artículo 3.- Disponer que la "Metodología para la Determinación de la Clasificación Socioeconómica", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 107-2015-MIDIS, se circunscribe a las determinaciones y actualizaciones de Clasificación Socioeconómica.

Artículo 4.- Disponer que la Dirección General de Gestión de Usuarios, cada vez que el Instituto Nacional de Estadística e Informática publique información sobre una nueva Encuesta Nacional de Hogares, evalúe la pertinencia de presentar una propuesta de actualización de las variables de la Metodología para la Reevaluación de la Clasificación Socioeconómica.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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