4/06/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2016-MC Autorizan a la Unidad Ejecutora 002 MC - Cusco efectuar

Autorizan a la Unidad Ejecutora 002 MC - Cusco efectuar transferencias financieras a favor del CRESPIAL en el Cusco (Perú) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2016-MC Lima, 1 de abril de 2016 Visto, el Informe Nº 000262-2016-OGPP-SG/MC, de fecha 22 de marzo de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 30289 publicada el 19 de diciembre de 2014 en el Diario Oficinal El Peruano, se aprobó el "Acuerdo entre el Gobierno de la
Autorizan a la Unidad Ejecutora 002 MC - Cusco efectuar transferencias financieras a favor del CRESPIAL en el Cusco (Perú)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2016-MC
Lima, 1 de abril de 2016
Visto, el Informe Nº 000262-2016-OGPP-SG/MC, de fecha 22 de marzo de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 30289
publicada el 19 de diciembre de 2014 en el Diario Oficinal El Peruano, se aprobó el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú)"; ratificado por Decreto Supremo Nº 082-2014-RE publicado el 27 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el artículo 12 del citado acuerdo, señala que el gobierno peruano se compromete a abonar al CRESPIAL una contribución mínima anual de US $ 500 000.00 (Quinientos mil y 00/100
dólares estadounidenses) a través de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, para sufragar el costo administrativo de su funcionamiento, los gastos de organización de las reuniones del Consejo de Administración y del Comité Ejecutivo y los gastos de realización de actividades;

Que, con Memorando Nº 220-2016-DDC-CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco solicita la autorización para efectuar la transferencia hasta por el importe de S/. 1 750 500.00 (Un millón setecientos cincuenta mil quinientos y 00/100 soles)
que equivalen a US$ 500 000.00 (Quinientos mil y 00/100 dólares americanos) a favor de CRESPIAL, para el año 2016; asimismo, remite el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000104 por el referido monto, en la Específica de Gasto 24.1.2.1.99
"Transferencia a otros organismos internacionales";
y, precisando el cronograma de desembolsos para el presente año;

Que, el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, entre otras, de las transferencias financieras entre entidades en las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente;

Que, asimismo, el numeral 15.2 de la precitada norma, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, la cual debe ser publicada en el diario oficial El Peruano; y, el numeral 15.3 del mismo artículo, establece que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;

Que, es necesario autorizar a la Unidad Ejecutora 002 MC - Cusco, Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, a efectuar las transferencias a favor del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en el Cusco (Perú) correspondientes al año fiscal 2016, conforme al cronograma de desembolsos programado por la citada Unidad Ejecutora;

Con el visado de la Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

582471 NORMAS LEGALES
Miércoles 6 de abril de 2016
El Peruano /
SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a la Unidad Ejecutora 002 MC
- Cusco, a efectuar las transferencias financieras a favor del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en el Cusco (Perú), hasta por la suma de S/. 1 750 500.00 (Un millón setecientos cincuenta mil quinientos y 00/100 soles), para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 12 del "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú)" aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 30289 y ratificado por Decreto Supremo Nº 082-2014-RE.

Artículo 2º.- Las transferencias financieras a que se hace referencia el artículo precedente, se efectuarán según cronograma de desembolsos programado por la Unidad Ejecutora 002 MC - Cusco y que en Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3º.- El Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se transfieren los recursos a que se refiere la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura

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