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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 280-2016/MINSA Aprueban Directiva Administrativa que establece el
4/25/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 280-2016/MINSA Aprueban Directiva Administrativa que establece el
Aprueban Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para la Certificación de las Defunciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2016/MINSA Lima, 21 de abril de 2016 Visto el Expediente Nº 15-064303-001, que contiene el Informe Nº 042-2015-OGEI-ODT/MINSA, de la Oficina General de Tecnologías de la Información; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud, está conformado por
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2016/MINSA
Lima, 21 de abril de 2016
Visto el Expediente Nº 15-064303-001, que contiene el Informe Nº 042-2015-OGEI-ODT/MINSA, de la Oficina General de Tecnologías de la Información;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud, está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las 584111 NORMAS LEGALES
Lunes 25 de abril de 2016
El Peruano / entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, el artículo 5 de la precitada Ley, señala las funciones rectoras del Ministerio de Salud e indica entre otras, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud y dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;
Que, el artículo 49 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, refiere que la Oficina General de Tecnologías de la Información, es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, responsable de implementar el gobierno electrónico; planificar, implementar y gestionar los sistemas de información del Ministerio, administrar la información estadística en salud, realizar la innovación y el desarrollo tecnológico, así como del soporte y las telecomunicaciones.
Asimismo, es responsable de diseñar, desarrollar y mejorar las plataformas informáticas de información en el Sector Salud;
Que, en dicho contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 332-2005/MINSA, se aprobó el Nuevo Formulario de Certificado de Defunción, a fin de contar con la información estadística sobre las causas del fallecimiento de una persona, entre otros datos;
Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 766-2010/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 166-MINSA/OGEI-V.01, "Procedimiento para el fl ujo y calidad de los Formularios de Hechos Vitales del Nacido Vivo y de Defunción", cuyo objeto es contar con un adecuado registro, codificación, ingreso de datos y fl ujo de los formularios del nacido vivo, así como de la defunción, en todos los establecimientos de salud del país públicos y privados, y en otros lugares de ocurrencia;
Que, el numeral 6.2.7 de las Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud aprobada por Resolución Ministerial Nº 526-2011/ MINSA, establece que por su naturaleza los documentos normativos deberán ser actualizados de acuerdo al avance y cambio tecnológico científico y normativo legal que los atañe;
Que, con el documento del visto, la Oficina General de Tecnologías de la Información atendiendo a la necesidad de contar con normas que permitan realizar una evaluación integral, tanto a nivel local, regional y nacional, que coadyuven en el diseño de las políticas públicas del Sector Salud, promovió en coordinación con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y la División de Tanatología Forense del Ministerio Público - DITANFOR, una propuesta de Directiva Administrativa que establece el procedimiento para la certificación de las defunciones, con el objetivo de disponer los procedimientos administrativos para la certificación y el procesamiento de la información de las defunciones general y fetal que ocurran a nivel nacional;
Que, entre otros aspectos, la citada propuesta establece que los profesionales y/o el personal de la salud ingresarán los datos del fallecido en el Formulario de Defunción General o Fetal, a través del Sistema Informático Nacional de Defunciones - SINADEF, precisando si se trata de defunciones generales o defunciones fetales, el que podrá ser llenado de forma manual y/o en línea, de acuerdo a las condiciones con las que cuenta el establecimiento de salud y las divisiones médico legales donde se practica la necropsia o se expide el Certificado de Defunción.
Asimismo, dicha propuesta también propone aprobar el Formulario de Defunción General, el Formulario de Defunción Fetal, un Flujo del Proceso de Registro y Certificación de la Defunción General y un Flujo del Proceso de Registro y Certificación de la Defunción Fetal;
Que, la precitada propuesta normativa regula aspectos no contemplados en la Resolución Ministerial Nº 332-2005/MINSA que aprobó el Nuevo Formulario de Certificado de Defunción, así como en la Directiva Administrativa Nº 166-MINSA/OGEI-V.01, "Procedimiento para el fl ujo y calidad de los Formularios de Hechos Vitales del Nacido Vivo y de Defunción, aprobada con Resolución Ministerial Nº 766-2010/ MINSA, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 332-2005/MINSA, así como el extremo referido al procedimiento para fl ujo y calidad de los formularios de hechos vitales de las defunciones de la Directiva Administrativa Nº 166-MINSA/OGEI-V.01;
aprobada por Resolución Ministerial Nº 766-2010/
MINSA;
Que, con Informe Nº 142-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Tecnologías de la Información;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Directora General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº216-MINSA/OGTI-V.01: Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para la Certificación de las Defunciones, que adjunta forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 332-2005/MINSA que aprobó el Nuevo Formulario de Certificado de Defunción.
Artículo 3.- Dejar sin efecto el extremo referido al procedimiento para fl ujo y calidad de los formularios de hechos vitales de las defunciones, así como el Anexo Nº 2 - Flujo de procedimientos para la certificación de defunciones de la Directiva Administrativa Nº 166-MINSA/ OGEI-V.01, "Procedimiento para el fl ujo y calidad de los Formularios de Hechos Vitales del Nacido Vivo y de Defunción", aprobada con Resolución Ministerial Nº 766-2010/MINSA.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información la difusión de la Directiva Administrativa aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- El Instituto de Gestión de Servicios de Salud, la Dirección de Salud de Lima Metropolitana, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o la que haga sus veces a nivel regional son responsables de difundir, de brindar la asistencia técnica y de implementar la presente Directiva Administrativa en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales.
Artículo 6.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.aspfiop=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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