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RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 272-2016-MINEDU Modifican la Norma Técnica denominada "Normas
6/17/2016
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 272-2016-MINEDU Modifican la Norma Técnica denominada "Normas
Modifican la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógica en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 272-2016-MINEDU Lima, 16 de junio de 2016 VISTOS, el Expediente Nº 0024519-2016 y Nº 0070002-2016, los Informes Nº 023-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 029-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 031-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA-DISER,
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 272-2016-MINEDU
Lima, 16 de junio de 2016
VISTOS, el Expediente Nº 0024519-2016 y Nº 0070002-2016, los Informes Nº 023-2016-MINEDU/
VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 029-2016-MINEDU/
VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 031-2016-MINEDU/
VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 041-2016-MINEDU/
VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 388-2016-MINEDU/VMGP/
DIGEBR-DES-JEC, Nº 229-2016-MINEDU/SG-OGAJ, Nº 438-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y ;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Educación durante el año fiscal 2016, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 2 920 187
717,00, para, entre otras finalidades, financiar lo señalado en el literal j) del referido numeral, relativo a, entre otros, la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, para las acciones relacionadas a la implementación de, entre otras, la Jornada Escolar Completa, Secundaria Tutorial y Hogares Interculturales (internados); asimismo, el numeral 21.4 del mismo artículo establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previa aprobación de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia;
Qué, mediante Resolución de Secretaría General Nº 026-2016-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016";
Que, posteriormente, mediante Resolución de Secretaría General Nº 040-2016-MINEDU se aprobó los Lineamientos que regulan las Formas de Atención Diversificada en el nivel de educación secundaria de la educación básica regular en el ámbito rural, cuya finalidad es contar con un marco normativo general que defina las principales características de las formas de atención diversificada del nivel de educación secundaria de la educación básica regular en el ámbito rural y los componentes para su implementación; señalándose como Formas de Atención Diversificada en el referido Lineamiento, entre otras, Secundaria Tutorial y Secundaria con Residencia Estudiantil (Hogares Interculturales);
Que, a través del Oficio Nº 178-2016-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, la Directora General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 023-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA-DISER de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el mismo que fue complementado con los Informes Nº 029-2016-MINEDU/
VMGP/DIGEIBIRA-DISER, Nº 031-2016-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA-DISER y Nº 041-2016-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA-DISER, a través de los cuales se informa y sustenta la necesidad de contratar a personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios-CAS para las Formas de Atención Diversificada Secundaria Tutorial y Secundaria con Residencia Estudiantil, por lo que se requiere modificar la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 026-2016-MINEDU, para incorporar los perfiles de los actores de dichas Formas de Atención Diversificada e incluir las disposiciones específicas que orienten su contratación;
Que, a través del Oficio Nº 1301-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 388-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEBR-DES-JEC de la Dirección de Educación Secundaria , a través del cual informa y sustenta la necesidad de modificar la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 026-2016-MINEDU, a efectos de modificar el perfil, características y condiciones esenciales del puesto del personal de vigilancia para las instituciones educativas con Jornada Escolar Completa, el cual regiría para los nuevos contratos CAS que se suscriban.
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y en virtud a las 589734 NORMAS LEGALES
Viernes 17 de junio de 2016 / El Peruano facultades delegadas mediante Resolución Ministerial
Nº 006-2016-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 8.2., el índice del Anexo Nº 01 y el Anexo Nº 01-27 de la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógica en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016" aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 026-2016-MINEDU, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
"8.2. Para la contratación de personal CAS en los CRFA, Secundaria Tutorial y Secundaria con Residencia Estudiantil (Hogares Interculturales), además de lo antes señalado, se debe considerar lo siguiente: (...)"
"ANEXO Nº 01
PUESTOS A SER CONTRATADOS
BAJO EL REGIMEN CAS
INDICE
INTERVENCIÓN
PEDAGÓGICA
PUESTOS
DIRECTIVO
O JEFE
DE QUIEN
DEPENDEN
ASISTENCIA
TÉCNICA EN
MINEDU (...)
Secundaria con Residencia Estudiantil (Hogares Interculturales)
38.Coordinador(a) de la Residencia Estudiantil Director o Jefe de Gestión Pedagógica de
DRE/UGEL
DIGEIBIRA-
DISER
39.Gestor (a) Educativo (a) para la Residencia Estudiantil Coordinador de la Residencia Estudiantil 40.Promotor (a) de Biene-star para la Residencia Estudiantil 41.Personal de Servicio para la Residencia Estudiantil Secundaria Tutorial 42.Coordinador (a) de Secundaria Tutorial Director o Jefe de Gestión Pedagógica de
DRE/UGEL
43.Gestor (a) Educativo (a) para la Secundaria Tutorial Coordinador de Secundaria Tutorial 44.Gestor (a) Comunitario (a) para la Secundaria Tutorial "
"Anexo Nº 01 - 27
PP 0090 - PELA
ACTIVIDAD 5005629
INTERVENCIÓN Jornada Escolar Completa - JEC
DEPENDE
Jefe de Gestión Institucional de la UGEL
respectiva PUESTO Personal de Vigilancia
PERFIL DEL PUESTO
REQUISITOS DETALLE
Experiencia Experiencia General:
- Experiencia laboral general no menor de dos (02) años en el sector público o privado.
Experiencia Especifica:
- Experiencia de un año, en labores de seguridad o vigilancia.
Competencias (Evaluación psicológica)
- Alto sentido de responsabilidad y proactividad.
- Capacidad para trabajar en equipo.
- Actitud de servicio y con iniciativa - Habilidades comunicacionales, asertividad/ empatía.
- Trabajo por resultados.
Formación Académica, grado académico y/o nivel de estudios Educación básica completa Cursos y/o estudios de especialización De preferencia formación en medidas de seguridad y/o resguardo Conocimientos para el puesto y/o cargo: mínimos o indispensables y deseables (Entrevista personal)
- Conocimiento de planes de contingencia en situaciones de emergencia.
Otros - Certificado de antecedentes penales y policiales el cual será presentado al momento de suscribir el contrato.
CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO
Principales funciones a desarrollar: Cautelar la integridad de la infraestructura, equipos, materiales, espacios y ambientes de aprendizaje, así como de la comunidad educativa.
a.
Registro y control del ingreso y salida de las personas en la institución educativa.
b.
Verificar y registrar el ingreso y salida de los bienes, mobiliario, materiales y equipos de la institución educativa.
c.
Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la institución educativa.
d.
Realizar recorridos nocturnos dentro de la IE de forma periódica y durante la jornada laboral para fortalecer las estrategias de seguridad.
e.
Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.
CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
CONDICIONES DETALLE
Lugar de prestación del servicio El servicio se realizará de manera rotativa en las IIEE de la jurisdicción de la UGEL
respectiva.
Duración del contrato Tres (03) meses contados desde la suscripción del contrato, pudiendo ser prorrogado.
Contraprestación mensual S/.1,150.00 (Mil ciento cincuenta y 00/100
Soles) mensuales.
Incluyen los montos y afiliaciones de ley, así como toda deducción aplicable al trabajador.
Otras condiciones esenciales del contrato Jornada semanal máxima de 48 horas.
Acreditar buen estado de salud física con certificado de salud original, expedidos por un establecimiento de salud autorizado.
No tener impedimentos para contratar con el Estado.
No tener antecedentes judiciales, policiales, penales o de proceso de determinación de responsabilidades.
No tener sanción por falta administrativa vigente.
La supervisión de la labor efectuada por el trabajador contratado estará bajo responsabilidad de los Directores de las Instituciones Educativas en las que preste servicios.
Disponibilidad a tiempo completo para laborar en horarios rotativos.
"
Artículo 2.- Incorporar los perfiles de puestos de las Formas de Atención Diversificada Secundaria con Residencia Estudiantil y Secundaria Tutorial al Anexo Nº 01 de la Norma Técnica denominada "Normas y para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógica en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 026-2016-MINEDU, los mismos que como Anexo forman parte de la presente Resolución.
589735 NORMAS LEGALES
Viernes 17 de junio de 2016
El Peruano / Artículo 3.- Los contratos del Personal de Vigilancia suscritos antes de la modificación del Anexo Nº 01-27 de la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógica en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 026-2016-MINEDU, mantiene las condiciones que motivaron la suscripción de los mismos hasta su culminación.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DESILU LEON CHEMPEN
Secretaria General
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